Miércoles, 29 Marzo 2017 00:15

Suspendida exploración petrolera en área del caño San Miguel de Orocué

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La suspensión inmediata de la actividad de exploración petrolera en el área del caño San Miguel en Orocué, ordenó el Tribunal Administrativo de Casanare a la empresa Parex; como medida cautelar dentro de una acción popular que presentó la Procuradora Agraria y Ambiental (entonces Jenny Mancera) un par de años atrás.

La medida cobija a la isla 4, dentro del bloque de exploración Llanos 29; de la cual una de las plataformas de perforación multipozo, denominada Prospecto Fiero, está ubicada en inmediaciones de los nacederos del caño en mención.

El Tribunal argumentó que prima la preservación de los recursos hídricos, pues están en juego los nacederos del caño San Miguel, en una sábana inundable que está conformada por múltiples esteros. Además de ese caño se nutre el acueducto del municipio de Orocué y campesinos del sector.

Argumentos

La licencia fue otorgada en el año 2012, pero antes existía una  resolución de Corporinoquia, la 379 del 28 de febrero de 2011, que declaró una zona reservada para preservación de un grupo de microcuencas de las que se nutren varios acueductos de Casanare, incluido el caño.

Dicha resolución no fue tomada en cuenta por la Agencia Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), aunque ésta dice no haberla conocido ni haber recibido comunicación oportuna de Corporinoquia.

Por tanto el fallo del Tribunal, del 27 de marzo, considera los riesgos de impacto ambiental para el caño y los esteros, pues podrían ser sujetos de medidas de contención ante derrames, ocurrir una filtración de caudales o contaminación del manto acuífero.

El magistrado Néstor Trujillo aclaró que en la licencia sólo se presentan argumentos y estudios técnicos sobre lo que sucede en superficie y no en el subsuelo, para lo que se necesitan unos estudios hidrogeológicos que no se presentaron.

Trujillo enfatizó en que se debe respetar el agua como derecho fundamental y que la intervención de las escorrentías naturales de los esteros, que se comunican con los caños, rompe la continuidad del flujo de las aguas entre sí y por tanto la cadena de la vida.

Antecedentes

De otro lado recordó que en un fallo anterior, sobre la Laguna El Tinije, el Tribunal suspendió la exploración y el Consejo de Estado la ratificó, pues la misma estaba dentro del distrito de manejo integrado del cuerpo de agua; y en el caño San Miguel no están caracterizados los esteros ni el distrito.

Por esta razón se espera que en caso de apelación, el Consejo de Estado ratifique la decisión del Tribunal. Sin embargo, en abril de 2015 esta instancia nacional reversó las medidas cautelares dispuestas en ese entonces por los magistrados de Casanare, en relación a la protección del caño San Miguel.

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