El Juzgado Promiscuo Municipal de Maní, le dio la razón al concejal de ese municipio, Edison Andrey Silva Solano, con relación a la Acción de Tutela que interpuso en contra de la Alcaldía de esta localidad.
El cabildante había solicitado vía Derecho de Petición información sobre la correspondencia recibida por la Administración municipal, durante el mes de enero de 2024.
Ante esta solicitud la actitud asumida por el Gobierno local fue negarse a entregar los datos solicitados, con el argumento que esta información es personal y privada.
En este caso la autoridad judicial falló que la misma no está sometida a reserva legal. Consideró el juez que la decisión se sustenta sobre la Ley de Transparencia y ordenó a la Alcaldía, dar respuesta al concejal en un término de 48 horas y entregar copia de todos los documentos solicitados.
La decisión judicial recalcó que la información pública solo puede ser reservada, en situaciones muy especiales que contempla la ley, pero para este caso no aplica esta reserva.