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Lunes, 29 Abril 2024 16:39

Tribunal Administrativo reprobó a Setty en sus intenciones de cobrar a parqueadero de vehículos inmovilizados

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El Tribunal Administrativo de Casanare declaró la nulidad de los arreglos hechos entre la unión temporal Setty y la Alcaldía de Yopal, que fueron celebrados el 18 de diciembre de 2015. El fallo también incluye el contrato de transacción suscrito el 20 de noviembre de 2017.

Lo anterior se traduce en que la Administración municipal no tendrá que pagarle a la mencionada unión temporal, por el parqueo de los vehículos inmovilizados, desde el primero de junio de 20217. Tema que fue motivo de una demanda por parte de Setty por valor de 5 mil millones de pesos.

Para la autoridad judicial hubo por parte del demandante “FALTA A LA BUENA FE CONTRACTUAL, FALTA AL PRINCIPIO DE EQUILIBRIO ECONÓMICO DEL CONTRATO, PRINCIPIO DE NEMO AUDITUR PROPRIAM TURPITUDINEM ALLEGANS y FALTA A LA LEALTAD PROCESAL”.

En cuanto al “PRINCIPIO DE NEMO AUDITUR PROPRIAM TURPITUDINEM ALLEGANS”, es una frase en latín que traduce: “Nadie es escuchado al alegar su propia torpeza". Lo anterior significa que no puede beneficiarse de su propia mala conducta o de un acto ilícito que haya cometido. 

 

 
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