El Juzgado Segundo Administrativo del Circuito de Yopal, Casanare, emitió una sentencia que suspende el contrato de colaboración empresarial No. 00147 de 2022 entre la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Yopal (E.A.A.A.Y. E.I.C.E. E.S.P.) y SSYAM DE COLOMBIA S.A.S., debido a múltiples irregularidades detectadas en el proceso contractual, cuyo valor es de ($15.446.130.000,00).
La decisión se tomó en respuesta a una acción popular interpuesta por Rene Leonardo Puentes Vargas, quien argumentó que el contrato vulneraba derechos colectivos relacionados con la moralidad administrativa, la defensa del patrimonio público, y el acceso a servicios públicos eficientes.
La sentencia, emitida el 10 de febrero de 2025, reveló que el proceso de selección del contratista no cumplió con los estándares legales y constitucionales, incluyendo la falta de un proceso de licitación pública y la ausencia de estudios técnicos y financieros adecuados.
Además, se encontró que la información sobre el contrato no fue publicada completamente en el Sistema Electrónico de Contratación Pública (SECOP), lo que afectó la transparencia del proceso.
El juzgado ordenó la suspensión inmediata de la ejecución del contrato y conminó a las partes a establecer mesas de diálogo para llegar a un acuerdo sobre la terminación del mismo.
También se instruyó a la Procuraduría General de la Nación y a la Fiscalía General de la Nación para que tomen conocimiento de la decisión y actúen en consecuencia.
Esta decisión busca proteger los derechos colectivos y garantizar que los procesos contractuales en el sector público se lleven a cabo con transparencia y en cumplimiento de la ley.