Un proceso de revocatoria de más de 600 comparendos por foto detección o las denominadas fotomultas, inició la Alcaldía de Yopal, luego de un trabajo del equipo jurídico de la Secretaría de Tránsito, para demostrar al menos cinco causales de invalidez de las sanciones. Así lo dio a conocer el secretario de Tránsito Municipal, Robert Asís Hernández.

El funcionario explicó cuáles son las causales encontradas para desmontar las fotomultas:

La primera es la indebida notificación a los ciudadanos, dentro de los tres primeros días. La segunda incluye las fotomultas a los vehículos de servicio público, donde no se notificó a la empresa transportadora y la Superintendencia de Puertos y Transportes.

Mientras tanto la tercera se debe a la extralimitación en el horario establecido para las foto detecciones, pues solo se podían imponer entre 6 de la mañana y las 10 de la noche; por lo cual las que se realizaron en horas no autorizadas, no serían válidas.

En el cuarto ítem, están las fotomultas que no se notificaron durante los cinco días por aviso que exige el debido proceso.

Por último, la quinta causal sería que la concesionaria no habría realizado directamente  la recolección de las pruebas, sino que se presume que contrató a un tercero, utilizando vehículos y personal ajeno a la empresa, con lo cual el procedimiento estaría viciado.

“De comprobarse esta última causal se caerían absolutamente todas las fotomultas. Por lo cual estamos haciendo todo el análisis con rigurosidad jurídica, para verificar si Setty hizo el procedimiento de manera debida o no”, manifestó Asís Hernández.

Igualmente dijo que en los próximos días se estará publicando por varios medios informativos, la lista de fotomultas incluidas en este primer paquete de 600 que se revocarían en los siguientes meses.

En ese sentido el secretario de Tránsito municipal agradeció a los comerciantes y a todas las personas que han hecho parte del proceso contra las fotomultas, e invitó a toda la comunidad a que se acerque para revisar sus procesos particularmente, para ver si su caso aplica para el levantamiento.

Publicado en CN

 

 

  

  

    

 

      

 

 

 

 

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