La Superintendencia de Notariado y Registro tiene programado para este viernes 30 de agosto en la ciudad de Yopal, el congreso sobre formalización de propiedad inmobiliaria.

En el evento se abordarán temas como el catastro multipropósito, la legalización de asentamientos, el ordenamiento social de la propiedad rural y el saneamiento de la propiedad urbana.

La actividad se cumplirá a partir de las 8 de la mañana en el auditorio del Hotel Estelar. Para la Superintendencia este espacio es una ventana abierta para que los alcaldes de los 19 municipios casanareños puedan recoger las bases para atacar la ilegalidad en la tenencia de la tierra.

“Desde 2013, la Superintendencia ha venido apoyando administrativa, jurídica y técnicamente a los entes territoriales en temas de saneamiento y formalización de la propiedad.

Esta ha sido una labor permanente, con la que hemos contribuido a la mitigación de situaciones de ocupación ilegal y al reconocimiento del derecho a la propiedad privada y la vivienda digna”, aseguró el superintendente de notariado y registro, Roosvelt Rodríguez Rengifo.

De acuerdo con el funcionario, a lo largo de 11 años, la entidad ha facilitado la entrega de alrededor de 135 mil títulos en 427 municipios de 27 departamentos. De esta cifra, cerca de cinco mil títulos corresponden a Casanare.

El saneamiento de la propiedad es catalogado por la Superintendencia como un proceso que favorece a todos los ciudadanos. Deriva en acceso a los subsidios de mejoramiento de vivienda y activación de la economía.

También contribuye a la dinamización del mercado de tierras, estabilidad familiar, fortalecimiento de las finanzas territoriales, inversión en bienes inmuebles y sentido de pertenencia de los beneficiarios hacia su terruño.

 

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El Departamento Administrativo de la Función Pública, con el apoyo de la Superintendencia de Notariado y Registro, en virtud de lo dispuesto en la Ley 1796 de 2016 y el Decreto 1203 de 2017, y las resoluciones No. 504, 505, 681 y 750 de 2019, y 36, 68, 115 y 122 de 2020, expedidas por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, convoca públicamente a todos los ciudadanos interesados al Concurso de Méritos Público No. 001 de 2020, para la conformación de lista de elegibles para la designación de curadores urbanos en los siguientes municipios:

 

  1. Yopal- Casanare,
  2. Fusagasugá- Cundinamarca,
  3. Rionegro- Antioquia,
  4. Yumbo- Valle del Cauca,
  5. Cajicá- Cundinamarca,
  6. Funza – Cundinamarca, y
  7. Mosquera – Cundinamarca.
  8. Tocancipá- Cundinamarca
  9. Palmira – Valle del Cauca

La designación de curadores por lista de elegibles, para aquellos eventos en que exista un litigio pendiente, se encontrará sujeta a lo que se resuelva por la autoridad competente.

Los nombramientos que se generen como consecuencia de la conformación de la lista de elegibles para proveer las faltas temporales o absolutas de las curadurías descritas serán realizados por los alcaldes de cada uno de los Municipios.

Este documento, contiene las directrices del concurso para la designación de curadores urbanos, las condiciones y los requisitos a que debe someterse cualquier interesado en participar en el respectivo proceso de selección que se adelantará respecto de los municipios antes citados. La vigencia de la lista será por un término de tres (3) años para proveer las vacantes absolutas o temporales que se presenten en cada municipio, de conformidad con lo establecido en la Ley 1796 de 2016 y el Decreto 1203 de 2017.

Las condiciones previstas en el presente documento se establecen como reglas obligatorias para los participantes y las autoridades del concurso, así como las disposiciones normativas y demás actos administrativos que modifiquen o aclaren las bases del presente concurso.

Bases del concurso

Los aspirantes podrán consultar e informarse del contenido de las bases y ejecución del concurso de méritos en las páginas web de la Superintendencia de Notariado y Registro (www.supernotariado.gov.co), y del Departamento Administrativo de la Función Pública (www.funcionpublica.gov.co).

Para todos los efectos de publicidad, notificaciones, divulgación y publicación de las bases del concurso, se tendrá como medio oficial las páginas Web de la Superintendencia de Notariado y Registro (www.supernotariado.gov.co), y el Departamento Administrativo de la Función Pública (www.funcionpublica.gov.co).

Los interesados deberán tener en cuenta las condiciones de las bases del concurso y la observancia de los requisitos y documentos exigidos.

Con el diligenciamiento del formato de inscripción y sus anexos, se entenderá que cada aspirante conoce la totalidad de las bases del concurso, que las acepta, y que asume los efectos y compromisos derivados de su inscripción.

 

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A través de la circular 041, la Registraduría Nacional del Estado Civil y la Superintendencia de Notariado y Registro recuerdan a los padres de familia y declarantes cómo realizar la inscripción en el registro civil de nacimiento de los recién nacidos durante la emergencia sanitaria provocada por el COVID-19.

Como medida de prevención ante el virus, las dos entidades acordaron eliminar, temporalmente, la presentación personal del niño o niña en la oficina de registro, así como la supresión de la toma de las huellas de las plantas de los pies y en cuanto a los declarantes, no se utilizarán los equipos biométricos.

La Registraduría Nacional del Estado Civil y la Superintendencia de Notariado y Registro  ratifican que si los padres no pueden adelantar la inscripción del recién nacido en el mes siguiente al nacimiento, podrán hacerlo de manera extemporánea con el certificado de nacido vivo, una vez se supere la situación actual. 

En caso de requerir con urgencia la inscripción, los padres podrán acudir a las notarías autorizadas para realizar este trámite, de acuerdo con los turnos establecidos por la Superintendencia de Notariado y Registro. Es importante precisar que padres, ascendientes y parientes mayores debidamente identificados, así como el director de la institución de salud en la que ocurrió el nacimiento o un defensor de familia, podrán acudir a solicitar el registro.

Frente a los casos que presentan sentencia de adopción para la inscripcón en el registro civil, ambas entidades presentaron un protocolo que incluye la atención inmediata de la solicitud recibida.

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