Con el ánimo de evitar inconvenientes en la atención en el sistema de salud u otros beneficios del Sisbén, la oficina en Yopal adscrita a la Secretaría de Planeación, recuerda a los padres de familia que una vez sus hijos cambien de registro civil a tarjeta de identidad, deben hacer la actualización respectiva. Lo mismo sucede con las personas que obtienen la cédula por primera vez.

Para este proceso deben acercarse personalmente, hasta las instalaciones ubicadas en la carrera 18 # 26-76 barrio Provivienda, con fotocopia de los documentos de los menores o adultos, para que se realice el cambio en la base de datos.

Los horarios de atención en la oficina son de 7:30 a. m. a 12 m y de 2:00 a 5:30 p. m. (información en el teléfono 6086345913 extensión 1042).

Cabe señalar que las familias vulnerables en Colombia requieren de la clasificación en el “Sistema de Identificación de Potenciales Beneficiarios de las Ayudas del Gobierno”-Sisbén, para poder acceder a beneficios del Estado como subsidios económicos y programas sociales de ayuda, gratuidad en salud; entre otros.

 

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Padres que no actualicen datos de registro civil a menores inscritos en la EPS con certificados de nacido vivo pueden ser retirados del sistema

Capresoca hace un llamado a todos los padres de familia que tengan inscritos a sus hijos con certificado de nacido vivo (CN), para que se acerquen a la entidad y realicen la actualización del documento con el número del registro civil.

De no realizarse dicho trámite corren el riesgo de ser retirados del sistema de salud, por lo que deben acercarse a la oficina de Capresoca de su municipio de residencia y así poder garantizar la prestación del servicio de salud.

 

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La gerente de Capresoca, Nuria Yarley Bohórquez Peña, hizo un llamado a los usuarios del régimen subsidiado para que realicen la actualización de datos y verifiquen si son beneficiarios de la Compensación Económica Temporal por Covid-19. Un reconocimiento económico equivalente a $204 mil pesos, por una sola vez y por grupo familiar, para los afiliados con diagnóstico confirmado de Coronavirus COVID-19.

Por su parte el líder de Afiliaciones Compensación y Mercadeo de Capresoca, Haiver Gama explico de que se trata y que requisitos deben cumplir para ser beneficiarios de esta ayuda por única vez:

¿Qué es?

Es una ayuda económica de siete días de salario mínimo legal diario vigente, que tiene como objetivo que los contagiados puedan cumplir con una semana de aislamiento sin problemas. El apoyo es una compensación económica temporal de 204.000 pesos, aproximadamente.

¿Qué debe tener en cuenta para recibir el beneficio?

Afiliación al régimen subsidiado en estado activo.

Diagnostico positivo de COVID-19 confirmado posterior al 10 de agosto de 2020.

La compensación económica se realizará, siempre y cuando el afiliado haya cumplido el aislamiento preventivo.

Solo se tendrá derecho a un reconocimiento por una única vez y por cada núcleo familiar.

Se debe tener actualizados los datos de contacto en la EPS, Teléfono, Celular, Correo electrónico y Dirección.

En el caso de presentarse el fallecimiento del protegido reportado con diagnostico COVID, el reconocimiento económico se realizará a otro miembro del grupo familiar, de acuerdo a la información reportada en la EPS.

¿Dónde me puedo comunicar?

En Capresoca EPS, se ha dispuesto de un Call Center para que los usuarios del régimen subsidiado se comuniquen y adelanten el proceso de actualización de datos y verificación en el celular 3502118633 y la línea WhatsApp 3223335022

¿Quién efectúa el reconocimiento?

El giro será realizado directamente por la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud – ADRES, en nombre de la EPS y directamente al afiliado bancarizado, dado el caso que no se identifique una cuenta del afiliado, la ADRES iniciará el proceso de enrolamiento para la creación de una cuenta a partir de los datos personales reportados por la EPS.

El reconocimiento de estos valores por parte de la ADRES estará sujeto a la disponibilidad de recursos según lo establecido en el parágrafo del artículo 11 del Decreto 1109 de 2020.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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