El máximo tribunal de lo contencioso administrativo encontró irregularidades en el proceso de elección del contralor Rodríguez

El Consejo de Estado declaró la nulidad de la elección de Carlos Hernán Rodríguez Becerra como contralor general de la República, para el período 2022 – 2026, al encontrar acreditadas irregularidades en el proceso de su elección. 

La Sala de la Sección Quinta del alto tribunal aseguró que durante el proceso de elección del contralor general se elaboró una tercera lista de elegibles y se variaron los parámetros de calificación inicialmente fijados en la convocatoria, sin ninguna justificación.

Según el Consejo de Estado, en el proceso de elección "se presentaron irregularidades". Esto, porque en ese proceso "se desconoció lo dispuesto en los artículos 126 de la Constitución Política, 21 de la Ley 5 de 1992 y 6 y 9 de la Ley 1904 de 2018 por cuanto, entre otros aspectos, se elaboró una tercera lista de elegibles y se variaron los parámetros de calificación inicialmente fijados en la convocatoria, sin ninguna justificación". 

A lo que agregan que "la Resolución 003 del 3 de agosto de 2023 de la Mesa Directiva del Congreso de la República introdujo cambios sustanciales a los criterios y valores fijados en la convocatoria inicial del proceso de elección, los cuales fueron injustificados y variaron de manera grave los parámetros de evaluación de los participantes, luego de que ya se conocían los resultados de las pruebas de conocimientos y de la evaluación de las hojas de vida, actividad adelantada por la Universidad Industrial de Santander, en la primera fase de la elección. Por lo tanto, se afectó la objetividad y legalidad del proceso electoral. Además, se desconoció la inmodificabilidad de las convocatorias sin razón válida". 

En esa medida, la alta corte ordenó rehacer todo el proceso de selección a partir de la convocatoria, inclusive, con el fin de designar contralor general de la República, para lo que resta del período constitucional.

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En la audiencia inicial de la demanda de nulidad electoral contra el gobernador de Casanare Salomón Sanabria, en la sección quinta del Consejo de Estado, se evidenció que hay suficiente pruebas para fijar rápidamente audiencia de alegatos y juzgamiento o para dictar fallo. Solo faltan unos registros civiles de los hermanos Cielo y Alirio Barrera Rodríguez, esposa y cuñado del mandatario cuestionado.

No más de una hora tomó la magistrada ponente del proceso de nulidad electoral, Lucy Jeannette Bermúdez Bermúdez, para realizar la audiencia inicial virtual, en la que se debía proveer sobre el “saneamiento del trámite, fijar el objeto del litigio y decretar pruebas”.

La magistrada indicó que se negó la solicitud del apoderado del partido Centro Democrático de dictar sentencia en esta audiencia al considerar que el parentesco familiar debía demostrarse fácticamente. Igualmente se requiere escuchar a las partes y sus alegatos.

Igualmente en la audiencia se precisó que los demandantes Gonzalo Ramos Rojas, Lizeth Yazmín Valencia Balbuena y Guillermo Francisco Reyes González, consideran que el demandado gobernador Salomón Sanabria está incurso en una causal de inhabilidad establecida en los estatutos del Partido Centro Democrático que avaló su candidatura.

Se trata de la posible vulneración del artículo 13 de la Resolución 024 del 11 de septiembre de 2017, “por medio de la cual se establece el procedimiento para la presentación de renuncias e inhabilidades, incompatibilidades y conflictos de intereses aplicables a algunos miembros del partido Centro Democrático y se dictan otras disposiciones”.

Ante la solicitud de los demandantes en el sentido de citar a los precandidatos a la Gobernación de Casanare, Monchy Giovany Moreno y Andrés Rueda Gómez para confirmar que el aval a Salomón Sanabria ya estaba definido desde un comienzo, la magistrada no accedió al considerar que esto era irrelevante porque lo que se busca es determinar si hay o no causal de inhabilidad de Salomón Sanabria por ser cuñado del exgobernador del mismo departamento.

Como la mayoría de los documentos necesarios para tomar decisiones ya están aportados por los demandantes y solo están pendientes los registros civiles de la esposa y cuñado del gobernador actual, el apoderado de él dijo que los allegaría para agilizar el proceso.

Con base en ello la magistrada Bermúdez ordenó a la Secretaría de la Sección Quinta que una vez finalizado el traslado de las pruebas decretadas, pasar el expediente al Despacho para fijar fecha de audiencia de alegaciones y juzgamiento, o para dictar auto.

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