La Dirección Técnica de Vivienda Departamental, informa a la comunidad casanareña que, se mantiene las prohibiciones de venta, arriendo, disposición y no habitación en los inmuebles adjudicados o financiados con subsidio parcial o total, por el término de diez (10) años a partir de la suscripción de la correspondiente escritura o la notificación y firmeza de la resolución de adjudicación (si esta fue la que transfirió el dominio); tal y como establecieron y aceptaron las partes y quedo consagrado en la convocatoria, la postulación y la adjudicación del subsidio.
De igual manera, recuerdan que los procesos sancionatorios (revocatoria y pérdida del beneficio) se iniciarán o seguirán su curso según corresponda. Las autorizaciones que se concedan son estrictamente individuales y sujetas a condiciones de fuerza mayor o caso fortuito debidamente soportadas, toda decisión, permiso o autorización al respecto deberá constar en la resolución expedida ex profeso por esta dirección, como otorgante del subsidio.
La dirección Técnica de Vivienda Departamental señaló que, agradece a los beneficiarios, autoridades y a la comunidad en general el acatamiento a esta directriz, garantizando el cumplimiento y finalidad de la polÃtica pública de vivienda departamental y que el esfuerzo estatal no se dirija a su comercialización, sino a un usufructo real de habitación por las familias adjudicatarias.
Ante cualquier solicitud de información, la comunidad puede escribir al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla..