Martes, 17 Marzo 2020 12:21

Alcaldía da plazo máximo para iniciar tramite de exhumación de cadáveres del cementerio de Yopal

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Con el propósito de dar cumplimiento al Art. 20 de la Resolución No. 5194 de 2010, el cual exige a los familiares y/o conocidos de las personas que fueron sepultas tras su muerte en el Parque Cementerio del Municipio, la Alcaldía de Yopal, se permite informar que, es necesario dar inicio al trámite y obligación del procedimiento de exhumación (acción de extraer cadáver), en un término no mayor a QUINCE (15) DÍAS, a fin de brindar las garantías del debido proceso, bajo los principios de respeto, veneración y libertad de cultos.

Según lo dio a conocer la Secretaría de Gobierno Municipal, en cabeza de Hugo Archila, los cadáveres deberán ser exhumados teniendo en cuenta los siguientes tiempos de permanecía:

1. Para menores de 7 años: Tres (3) años a partir de la fecha de inhumación (entierro) establecida en los registros del cementerio.

2. Para mayores de 7 años: Cuatro (4) años a partir de la fecha de inhumación (entierro) establecida en los registros del cementerio.

De no acatarse el presente requerimiento, se procederá de acuerdo a lo reglamentado en el artículo 20 de la Resolución No. 5194 de 2010, a trasladar los restos óseos en una urna o espacio común. Por ello, la Administración Municipal, se permite relacionar a continuación las empresas fúnebres que están legalmente constituidas y autorizadas en el Municipio de Yopal para ofrecer el servicio de exhumación:

 

FUNERARIA

CONTACTO

JARDINES DE PAZ                 

3124494883

EXHUMACIONES E.C.F.                    

3118440902 - 3112394602

EXHUMACIONES LA RESURRECCIÓN.      

3123052511

MANTO SAGRADO               

3133677173 - 6345312

FUNERARIA LOS OLIVOS

3168750867 - 632.41.21

CAPILLAS DE LA FE COORSERPARK

3203156225

TRASLADOS Y EXHUMACIONES SAN GABRIEL

3144718787 - 3214924437

VELACIONES SANTA CRUZ DEL LLANO 

3105510777 - 3192756833

 

Entre tanto, los familiares de las personas sepultadas en el Parque Cementerio de Yopal, podrán tramitar la solicitud de exhumación de su ser querido y/o conocido, en la oficina de la Secretaría de Gobierno, ubicada en las instalaciones del Palacio Municipal, en la dirección: diagonal 15 N° 15 - 21 Yopal – Casanare y deberán presentar los siguientes documentos:

·       Certificado de Defunción

·       Licencia de Exhumación (Secretaría de Salud)

·       Fotocopia de la cédula de quien autoriza la exhumación con los datos: dirección y teléfono.

·       Copia y original de la consignación de derechos de exhumación por valor de OCHENTA Y UN MIL DOSCIENTOS PESOS ($ 81.200), los cuales deben ser consignados en la cuenta de ahorros No. 85503099-5 del Banco de Bogotá.

Finalmente, si desea que los restos óseos sean inhumados (sepultados) a perpetuidad en el Parque Cementerio de Yopal, la venta del osario tiene un costo de CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS ($ 450.000), o de lo contrario, deberá anexar copia de la compra del osario en el lugar de su preferencia.

 

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