Jueves, 28 Mayo 2020 12:43

Plenaria de Cámara aprobó anoche Ley de habeas data

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El Gobierno Nacional tendrá que coordinar con las secretarias de educación departamental, distrital y municipal, el fortalecimiento de una “estrategia integral de educación económica y financiera en población estudiantil”, que “debe incluir la revisión y publicación de diverso material pedagógico y material de orientación socio ocupacional”, contando además con la acción intersectorial del Ministerio de Educación, El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, la Superintendencia Financiera y la Superintendencia de Industria y Comercio.

Así lo establece una proposición del Representante del Centro Democrático José Vicente Carreño Castro, que adiciona el Artículo 12 –educación financiera- del proyecto de ley estatutario sobre una reforma al habeas data o información financiera, crediticia, de servicios y proveniente de terceros países, que fue aprobada por unanimidad en la Plenaria de la Cámara, siendo concertada previamente por Carreño con los ponentes Harry González y Cesar Augusto Lorduy, quienes destacaron que esta propuesta del legislador araucano permite una mayor efectividad en ese proceso de formación, en concordancia con las características y circunstancias de cada entidad territorial.

Primera amnistía: Eliminación del reporte negativo en seis meses

Este proyecto -que fue aprobado anoche en la Plenaria de la Cámara y le resta la conciliación para pasar a sanción presidencial- establece que quienes paguen sus deudas dentro de los doce meses posteriores a la entrada en vigencia de esta Ley, tendrán a partir de ese pago solo por seis meses el reporte negativo en las centrales de riesgo; lo que pagaron antes de la vigencia de esta Ley se le borrará de inmediato el reporte negativo -siempre y cuando lleven seis meses con ese reporte o de lo contrario deben esperar a que se les cumpla esos seis meses- pero aquellos que a la entrada de la vigencia de esta ley paguen en el mencionado lapso de tiempo y registren una mora inferior a los seis meses, el reporte será por el mismo tiempo de la mencionada mora.

Segunda amnistía: Eliminación inmediata del reporte negativo

Carreño destacó que si los pequeños productores agropecuarios, los jóvenes y mujeres rurales, las víctimas del conflicto armado, las MIPYMES, el sector turismo, los pequeños comerciantes o independientes y deudores o codeudores del ICETEX, que puedan pagar dentro de los doce meses a la entrada de vigencia de esta ley –incluidas las deudas con Finagro- se les borrará DE INMEDIATO el reporte negativo en las centrales de riesgo, mientras que las obligaciones que se les dé un reporte negativo entre el 12 de marzo hasta 31 de diciembre – a propósito de la emergencia por el Covid19- no serán reportados dentro de ese período de tiempo.

En condiciones normales Permanencia y Caducidad del reporte

Establece igualmente que –en condiciones normales- un reporte negativo en las centrales de riesgo debe PERMANECER el doble del tiempo de la mora, “máximo cuatro años contados a partir de la fecha en que sean pagadas las cuotas vencidas o sea extinguida la obligación”, y ocho años reportados los usuarios cuando no paguen la deuda –CADUCIDAD-, siendo importante aclarar que con la legislación actual ese reporte negativo debe permanecer cuatro años, así la mora hay sido menor a este período de tiempo.

Otras disposiciones del proyecto

El legislador araucano señaló que entre otras disposiciones están “la obligación de comunicar mínimo 2 veces antes de realizar el reporte negativo por moras inferiores al 15 por ciento de un salario mínimo, la gratuidad en la consulta de la información crediticia, la protección a las víctimas de suplantación personal”, como explicaron en esos términos los ponentes.

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