Jueves, 29 Julio 2021 23:27

Se cayó la vuelta. Tribunal suspendió “acuerdo directo” entre Alcaldía de Yopal y Setty

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Se cayó, por ahora, el leonino “arreglo directo” hecho en diciembre de 2015 durante el gobierno del alcalde (e) de Yopal Jorge García Lizarazo y el cuestionado contrato de transacción de noviembre de 2017, en los últimos días de gobierno, de la alcaldesa (e) Zoila Rosa Ángulo, y a través de los cuales se obligaba a la Alcaldía a pagar multimillonaria suma a favor de la UT Setty, la misma de las fotomultas. Malintencionadamente se quiso favorecer esta empresa.

Así se desprende el fallo de primera instancia del Tribunal Administrativo de Casanare del 26 de julio, mediante el cual se decretó la suspensión provisional de los efectos y toda forma de ejecución de las obligaciones contenidas en el “arreglo directo” celebrado entre el municipio de Yopal y la UT SETTY el 18/12/2015 y del contrato de transacción suscrito el 20/11/2017 entre dichas partes y la interventora Soluciones y Soluciones S.A.S., solicitada por la Alcaldía de Yopal.

La situación tiene que ver con que la Alcaldía de Yopal y Setty, bajo la sombrilla del contrato de concesión 1048 de 2014, pactaron, con esos acuerdos, que se realizará una distribución del riesgo, compartida del costo de los parqueaderos, condicionada a que el municipio realizara anualmente un remate de los rodantes en custodia y de no cumplirse, le llevaría a asumir el valor total del servicio de parqueadero, lo que ha implicado que a diciembre de 2016 la Alcaldía ya tenga una deuda cercana a los 6 mil millones de pesos, y que sigue creciendo, a favor del concesionario, pues no se ha cumplido la condición de llevar a cabo anualmente los remates a los rodantes.

La medida cautelar se sustenta en que el acuerdo logrado por las partes mediante un “arreglo directo” y que, a la vez, sirve de sustento de las obligaciones que fueron objeto de transacción, resulta protuberantemente violatorio de las normas presupuestales. Esto en razón a que requería recursos materiales, dinero, que tenía que presupuestarse y ante todo financiarse.

En el fallo se expresa que “el art. 71 del EOP dispone que todos los actos administrativos que afecten las apropiaciones presupuestales deberán contar con certificados de disponibilidad previos que garanticen la existencia de apropiación suficiente para atender estos gastos.”. Este no fue el caso en Yopal.

Se explica que “para poder comprometer el erario y para su posterior ejecución han de mediar apropiación, que solo puede votar el concejo municipal, así como la previa disponibilidad presupuestal, con cargo a la cual, adquiridas las obligaciones, pueda hacerse el pertinente registro presupuestal. Y, además, buscar la caja, para poder cumplir”. Por ende se accede a la medida cautelar solicitada.

“Además, vía transacción termina consensuando con la UT SETTY los costos del parqueo o custodia de esos vehículos tomando económicamente a su cargo obligaciones de particulares, cuya magnitud se cuantificó y determinó exactamente en los negocios jurídicos que se suspenden, de manera que la supuesta indeterminación del valor fiscal de la concesión, a la que se asignó exiguo monto para constituir garantías y legalización, quedó totalmente desbordada con los efectos de los arreglos posteriores.”, reza el auto de suspensión provisional.

Las IAS deben determinar quién quería tumbar a Yopal

Para el Tribunal hay una clara infracción al Estatuto Orgánico de Presupuesto, en que incurrieron servidores de Yopal, al parecer inducidos por la interventoría de la concesión, en beneficio de esa empresa y de la UT Setty, con probable detrimento del erario, o cuando menos grave exposición del mismo”.

Todo el proceso se dará a conocer a la Fiscalía, Procuraduría y Contraloría Departamental a fin de individualizar los presuntos responsables y según sus competencias abrir los procesos correspondientes a quienes fraguaron estos negocios.

El fallo aclara que “Mientras esté vigente la medida cautelar, no podrá exigirse ninguna de las erogaciones allí pactadas o que pudieran derivarse del tal acuerdo directo. Tampoco, pagarse por el municipio, ni admitirse compensación, descuento o cualquier otra forma de reconocimientos de dinero a favor de los demandados”.

Los protagonistas

Casualmente los gobiernos bajo los cuales se realizaron estos viciados acuerdos, hasta el momento, fueron los designados para remplazar a los destituidos alcaldes de Yopal, Willman Celemín (Jorge García Lizarazo) y Jhon Jairo Torres Torres (Zoila Rosa Ángulo).

La empresa Soluciones y Soluciones S.A.S., es la firma interventora que hizo las recomendaciones de estos acuerdos. Su representante legal es Mary Luz Balla Pérez.

 

Fuente: Martha Cifuentes

 

 

 

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