Destituido e inhabilitado por 13 años alcalde de Yopal, Willman Celemín. Sancionado ex gerente de la EAAAY Edwin Miranda
carlosLa Procuraduría General de la Nación confirmó mediante fallo de segunda instancia la destitución e inhabilidad para ocupar cargos públicos, por 13 años, dictada al alcalde de Yopal, Willman Enrique Celemín Cáceres, por las irregularidades presentadas en la capital de Casanare en el suministro de agua potable.
Según el Ministerio Público, la conducta del alcalde de Yopal fue gravísima de forma inexcusable y trasgredió el ordenamiento jurídico.
La Procuraduría argumentó que el mandatario local incurrió en varias faltas disciplinarias relacionadas con el diseño y construcción de la planta modular de agua de Yopal y el suministro de agua no tratada para sus habitantes.
Planta modular inservible
Como se recordará en diciembre de 2013 se produjo el colapso de uno de los tanques de la planta, sin que esta estuviera aún en funcionamiento. Los escándalos en relación con la construcción de dicha obra siguieron en febrero de 2014 por plagio en el diseño de la obra, presuntos sobrecostos y el cobro de comisiones por parte de servidores públicos del municipio.
En su época el ingeniero Rodolfo Lizarazo Urdaneta, hermano del gerente de la firma NyF de Colombia, proveedora de tanques y filtros para la Unión Temporal Planta Modular, señaló al alcalde de Yopal, Willman Celemín, a su asesor Wilson Cruz y al ex gerente de la EAAAY Edwin Miranda, de estar inmersos en hechos de corrupción.
Lizarazo Urdaneta quién fue residente en la construcción de los tanques de la Planta Modular de Agua Potable de Yopal explicó cómo se vinculó NyF a la construcción de la Planta Modular, e hizo señalamientos en relación con las actuaciones del alcalde Willman Celemín, previo a la legalización del contrato.
Rodolfo Lizarazo dijo que la obra fue contratada por 7.800 millones de pesos, mientras que su costo real era de 3.900 millones. “Hubo sobre costos y cobro de comisiones”, afirmó a un medio de comunicación local.
Reiteró que se alteró el costo real, ya que a solicitud del ex gerente de la EAAAY, la empresa N y F, bajó la propuesta de 4.900 a 2.900 millones de pesos, y para la realización de la obra se utilizaron materiales de segunda.
Hubo negligencia
Para la Procuraduría, el alcalde Celemín Cáceres no actuó de manera diligente para superar la crisis de agua que vivía el municipio de Yopal y además no adelantó actuaciones para conseguir recursos para comenzar las obras correspondientes y así mitigar la problemática de sus habitantes, quienes han sufrido afectaciones de salud por la falta de calidad de agua.
En septiembre del año anterior el Tribunal Contencioso Administrativo de Casanare multó con 50 salarios mínimos al alcalde Willman Celemín y con 10 salarios a la agente especial de la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo EAAAY Adriana Moreno, al resolver un incidente de desacato, que se venía dando por la falta del preciado líquido en la ciudad, por no cumplir medidas cautelares, sobre el suministro del agua en Yopal.
Ante una acción popular instaurada por el abogado Wilfran Castrillo, alegando el derecho al agua el alcalde y la agente de la EAAAY fueron declarados responsables con culpa grave por no atender los requerimientos del Tribunal para agilizar la normalización del suministro del agua.
Cuatro años sin agua potable
En mayo de este año, Yopal completa cuatro años, sin el suministro de agua potable, tiempo durante el cual se han adelantado protestas y paros cívicos, sin que hasta el momento se visibilice una solución pronta para superar el problema.
El pasado 12 de diciembre se abrió en la página de Findeter la licitación pública por parte del Ministerio de Vivienda y el Viceministerio de Aguas para seleccionar el oferente idóneo que construirá la planta de tratamiento de agua para Yopal, proyectada a 30 años y que se abastecerá de líquido potable a 500.000 habitantes.
(TEXTO BOLETÍN DE PRENSA PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN)
En fallo de segunda instancia, Procuraduría General de la Nación destituyó e inhabilitó por 13 años al alcalde de Yopal (Casanare), Willman Enrique Celemín Cáceres
Boletín 057
Fuente: PGN
Fecha Publicación: viernes, 30 enero 2015 04:16 PM
• También fue sancionado el exgerente de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Yopal (EAAAY) con suspensión de 4 meses.
La Procuraduría General de la Nación, mediante fallo de segunda instancia, confirmó la sanción de destitución e inhabilidad para ejercer funciones públicas por 13 años al actual alcalde de Yopal (Casanare), Willman Enrique Celemín Cáceres, por retardar injustificadamente el ejercicio de sus funciones relativas a garantizar la prestación efectiva del servicio público de agua potable en el municipio de Yopal, permitiendo que se originara un riesgo grave y un deterioro para la salud de esta población.
Se indicó en el fallo que el burgomaestre no adelantó las gestiones necesarias para contribuir a solucionar la problemática presentada en ese municipio con este servicio público y sólo adoptó medidas contundentes y diferentes a las exigidas en forma inmediata (cobertura y suministro de agua potable a través de carros tanques y habilitación de pozos profundos) después de que se presentaron graves alteraciones al orden público en marzo de 2013.
Por otra parte, la Procuraduría encontró que el señor Celemín Cáceres suscribió el contrato interadministrativo 590 de 2013 con la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Yopal (EAAAY) para que esta ejecutara la “construcción primera etapa de una planta de potabilización modular para el sistema de acueducto del área urbana del municipio de Yopal, departamento de Casanare”, objeto que fue subcontratado en su totalidad con la Unión Temporal Planta Modular Yopal 2013.
Para el Ministerio Público, el alcalde trasgredió el principio de responsabilidad al permitir que se presentara la subcontratación, desprotegiendo así los intereses del municipio y su población, y diluyendo la responsabilidad de los contratistas.
De igual forma, el órgano de control sancionó al gerente de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado (para inicios del año 2013), Edwin Miranda Plazas, y le impuso sanción de suspensión del cargo por el término de cuatro meses, convertidos en multa equivalente a cuatro meses de salario devengado para ese entonces, por haber celebrado le mencionado contrato con el municipio de Yopal, a pesar de no contar con la capacidad técnica, ni la infraestructura requerida para ejecutar tal obra, motivo por el cual subcontrató la totalidad de la ejecución con la empresa Unión Temporal Planta Modular Yopal 2013 a través del contrato 0058 del 26 de abril de 2013, comportamiento con el que desconoció los principios de eficacia, responsabilidad, y economía que rigen la función administrativa.