El Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia interpuso una demanda de acción popular contra 21 Entidades Promotoras de Salud (EPS), acusándolas de comprometer el acceso a la seguridad social en salud y de no cumplir con los requisitos financieros establecidos por la Superintendencia de Salud. Una de ellas es Capresoca.
Este documento técnico proporciona un análisis exhaustivo de las pretensiones de la demanda, identificando a los demandantes y demandados, y subrayando la importancia de este caso para el futuro del sistema de salud en Colombia
La demanda de acción popular fue presentada por el #MinSalud representado por Rodolfo Enrique Salas Figueroa, director Jurídico del Ministerio, en virtud de la Resolución No 0877 del 02 de junio 2023
Estas son las 21 entidades de salud demandadas por el Ministerio, que incluyen a varias Cajas de Compensación Familiar, Entidades Promotoras de Salud (EPS), y otras organizaciones de salud:
Comfenalco Valle EPS, Compensar EPS, Sanitas S.A EPS, Unidad de Servicio Médico EPM, Famisanar EPS, el Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia, Servicio Occidental de Salud S.A, Capital Salud EPS-S SAS, Capresoca EPS-S, La Alianza Medellín Antioquia EPS S.A.S, Nueva EPS S.A, Caja de Compensación Familiar Cajacopi Atlántico, Cajacopi EPS SAS, Asmetsalud EPS SAS, Emssanar EPS SAS, Salud Mia EPS, Caja de Compensación Familiar del Chocó, Comfachocó, Caja de Compensación Familiar del Oriente Colombiano Comfaoriente, Asociación Mutual Ser Empresa Solidaria de Salud ESS, Cooperativa Empresa Solidaria de Salud y Desarrollo Integral “Coosalud ESS” EPS-S, Salud Total EPS S.A, y EPS Sura.
La demanda alega la violación y amenaza de los derechos colectivos a la defensa del patrimonio público, la moralidad administrativa, y el acceso al servicio público a la seguridad social en salud y a que su prestación sea eficiente y oportuna
El Ministerio de Salud y Protección Social solicita al Juez Popular adoptar todas las medidas tendientes a la protección de los derechos e intereses colectivos cuya protección se demanda.
La demanda de acción popular, presentada por el Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia, se basa en la alegación de que las 21 entidades de salud demandadas han violado y amenazado los derechos colectivos a la defensa del patrimonio público, la moralidad administrativa y el acceso a la seguridad social en salud
La Constitución Política de Colombia, en su artículo 48, establece que los recursos del Sistema General de Seguridad Social son de destinación específica. Esto significa que no se pueden utilizar para fines diferentes a la seguridad social. La Ley 100 de 1993 también resalta esta naturaleza específica de los recursos.Capresoca figura entre las 21 EPS demandas por el Ministerio de Salud