Sábado, 23 Marzo 2024 02:02

Alcaldía de Yopal prohíbe la circulación de motocicletas en horario nocturno durante Semana Santa

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La Administración municipal de Yopal mediante el Decreto 048 del 22 de marzo de 2023, prohibió la circulación de motocicletas en todo el municipio en el horario de 11 de la noche a 5 de la mañana, durante los días de Semana Santa. El horario tiene una pequeña modificación el sábado 30 y domingo 31 de marzo, para esa fecha la restricción comienza a las 10 p.m. 

En este orden de ideas la medida comenzará a regir a partir del próximo lunes 25 de marzo y se extenderá hasta el lunes primero de abril. Sin embargo el decreto contempla algunas excepciones.

La prohibición no aplica para personal perteneciente a la Fuerza pública, organismos de seguridad del estado, Policía Judicial, autoridades de tránsito y transporte, organismos de emergencia y socorro, prevención y salud.

Igualmente podrá circular personal perteneciente a las empresas de seguridad privada en ejercicio de sus labores, ellos deberán portar las correspondientes identificaciones que incluyen, cané y uniforme definido por la empresa, además de la autorización vigente de la superintendencia de vigilancia privada.

Igualmente quedan excluidas de esta medida las personas con discapacidad, cuya condición motora, sensorial o mental, limite su movilidad debidamente acreditada, conforme con las disposiciones legales vigentes.

Finalmente también podrán circular personal que preste servicios domiciliarios, quienes deberán portar las diferentes identificaciones, que los acrediten en la prestación de dicho servicio.

Adicionalmente el decreto también incluye otra serie de regulaciones en temas de movilidad, específicamente con el ascenso y descenso al mirador de la Virgen.

En este punto el Gobierno local estableció que los días 28, 29, 30, 31 del mes de marzo del 2024 se restringe el paso de bicicletas, motocicletas y automotores.

También se recomendó a las mujeres en estado de embarazo no realizar esta actividad, tampoco aquellas personas con movilidad reducida, afecciones cardiacas, respiratorias. Igualmente se aconseja no llevar niños de brazos.

Las medidas expuestas en el mencionado prohíbe la circulación de vehículos que transportan trasteos, escombros, madera, cilindros de gas, líquidos inflamables o explosivos. Esta prohibición se aplicará desde las 6 de la tarde del 28 de marzo, hasta las 5 de la mañana del lunes primero de abril.

Finalmente el documento advierte que dichas restricciones se adoptaron de manera preventiva, para garantizar la seguridad y el orden público en la ciudad. Quienes no acaten estas disposiciones, se verán expuestos a sanciones penales, así como la imposición del respectivo comparendo.

 

 
 
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