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El rostro de Herman Ricardo Echeverría Franco, de 60 años, no era del todo desconocido para los medios de comunicación. En varias ocasiones había atendido a la prensa regional para denunciar una serie de hechos de los cuales aseguró había sido víctima.

El punto central de estos diálogos con los comunicadores fue, en su momento, la disputa de unos predios donde funciona la empresa Agregados Pétreos El Charte.

Desde los tiempos de la pandemia Echeverría Franco denunció una serie de agresiones tanto verbales como físicas, que en aquella época incluyeron la lesión de su padre Timoleón quien recibió una fuerte pedrada en la cara, lo que le provocó la pérdida de la visión de su ojo derecho.

La situación escaló hasta las esferas judiciales, lo que dio lugar, según testigos, a la imposición de medidas restrictivas, incluso de cauciones por parte de las autoridades a las dos partes involucradas.

Ricardo había regresado al país en el año 2016, para hacerse cargo de la empresa de su progenitor, Agregados Pétreos El Charte, luego de percatarse que su papá vendió unos terrenos, supuestamente, coaccionado por terceros.

Por toda esta información compartida en los medios de comunicación, la figura de Echeverría Franco era familiar para varias personas. Lo que nadie esperaba era su trágico fallecimiento a manos de un sicario que sin mediar palabra le disparó en varias ocasiones.

El homicidio de Herman Ricardo se perpetró cerca del mediodía del lunes 17 de febrero. Los comensales de los restaurantes vecinos del sector de la calle 8ª con carrera 23 donde acabaron con la vida del empresario, se vieron sorprendidos por las detonaciones del arma de fuego utilizada por el homicida para cometer el crimen.

Las cámaras de seguridad, cuyos videos circularon por redes sociales, dejan ver el momento en que la víctima se encontraba en una tienda departiendo con otra persona, cuando de manera sigilosa el asesino se acerca y pistola en mano comienza a disparar en contra de la humanidad de Echeverría Franco.

Antes de marcharse de la escena del crimen el sicario se lleva consigo un maletín que portaba Ricardo, quien ya se encontraba sin vida. En el momento de tomar el bolso, la fuerza hecha por el victimario para apropiarse de este elemento, hizo que la víctima cayera al piso junto con la mesa y la silla donde se encontraba.

La confusión generada por el ruido ensordecedor del arma de fuego y el pánico que generó, fue aprovechado por el sicario quien se fue del lugar con rumbo desconocido.

Ahora queda una tarea pendiente para las autoridades. Resolver el homicidio, determinar los móviles y capturar a sus autores, tanto materiales como intelectuales.

De momento, hay un laberinto de dudas por resolver. Son varias las hipótesis que las autoridades están analizando, incluida la versión extraoficial de una posible participación del ELN en este caso.

Otro tema que tiene pensativos a quienes conocieron al fallecido, es la suerte que pueda correr su progenitor, Timoleón Echeverría, quien en la actualidad cuenta con 90 años, se encuentra enfermo y toda su familia vive en el exterior.

El único hijo que lo acompañaba en Colombia era Herman Ricardo, pero ahora ya no está, se fue para siempre, víctima de la mano de un sicario que sin mediar palabra le arrebató la vida.

 

En Yopal la Unidad Básica de Investigación Criminal SEPRO reportó la aprehensión de un joven de 18 años, de nacionalidad venezolana, en el barrio El Progreso.

La acción se realizó en cumplimiento de una orden judicial emitida el 15 de marzo de 2024 por el Juzgado Segundo Penal Municipal para Adolescentes, bajo el cargo de acceso carnal violento.

Los hechos que originaron esta orden ocurrieron el 5 de octubre de 2022 en el barrio 7 de Agosto de Yopal. Según la investigación, un menor de 8 años fue víctima de violencia sexual cuando salió de su casa para comprar un refresco.

En ese momento, el acusado, que tenía 15 años en ese entonces, junto con otro menor, interceptaron al niño y lo forzaron a ingresar a una vivienda bajo amenazas, donde lo obligaron a realizar diferentes prácticas sexuales.

Gracias al trabajo conjunto entre la Fiscalía y los investigadores judiciales, se logró identificar y capturar a los presuntos responsables, quienes ahora deberán enfrentar procesos legales ante las autoridades competentes.

Un siniestro vial ocurrido la tarde del domingo 16 de febrero, le arrebató la vida a la Laura Salcedo Ducuara, quien se desempeñaba como médico rural del municipio boyacense de Pisba.

Los hechos ocurrieron sobre las 5:30 de la tarde, cuando la camioneta Toyota en la que viajaba Salcedo Ducuara en compañía de su novio Felipe Castillo se salió de la vía, precipitándose al abismo.

El accidente se presentó a la altura del sitio conocido como El Volador, en la vía que de Vadohondo conduce a Labranzagrande. El vehículo había partido de la ciudad de Sogamoso con destino a Pisba.

Laura Salcedo de 25 años de edad falleció como consecuencias de las lesiones recibidas durante el percance, mientras que Felipe Castillo, quien iba conduciendo el automotor, resultó gravemente herido y fue trasladado al Hospital Regional de Sogamoso.

La Empresa Social del Estado, Nuestra Señora del Rosario de Pisba, donde laboraba la médica, lamentó profundamente el hecho, y en un mensaje le agradeció sus enseñanzas y tiempo compartido. "Vuela alto, Dios te acoja en su reino", escribió la entidad en sus redes sociales.

El pasado viernes 14 de febrero, Óscar Ferreira, un taxista de profesión, perdió la vida tras ser atropellado mientras revisaba una falla mecánica en su vehículo. El accidente ocurrió en la vía Paz de Ariporo – Montañas del Totumo, específicamente en el kilómetro 44, cerca de la vereda Cañadotes. 

Según testimonios recogidos por las autoridades, Ferreira había descendido de su automóvil para inspeccionar un problema en el motor cuando fue impactado por una camioneta Toyota, identificada con placas DDL-632.

Tras el choque, el conductor de la camioneta intentó darse a la fuga, pero fue interceptado por otros taxistas en las cercanías del casco urbano de Paz de Ariporo. 

El herido fue trasladado de inmediato al hospital local de Paz de Ariporo y luego remitido a la Clínica Casanare de Yopal, en busca de atención médica especializada.

Ferreira Tumay presentaba trauma cráneo encefálico severo, trauma cerrado de tórax y fractura en uno de sus miembros inferiores. La gravedad de las lesiones sufridas provocó un rápido deterioro de su estado de salud y el posterior fallecimiento. 

 

A las 2:45 de la tarde de este jueves 13 de febrero se registró un grave accidente de tránsito en el kilómetro en la Marginal del Llano, en jurisdicción el municipio de Aguazul.

El siniestro vial involucró a dos vehículos que colisionaron, dejando tres personas lesionadas, quienes fueron llevadas al Hospital Juan Hernando Urrego de la capital arrocera de Casanare.

El primer automotor accidentado fue un camión Dodge D600, modelo 75, de color naranja y negro, con placa AFD235. Su conductor, Alexander Acevedo Riveros, de 44 años, sufrió heridas en la cara y el cuello.

Este vehículo de servicio público choco contra una Chevrolet LJV D MAX, modelo 2012, de color azul y placas MAX424. Su conductor, Ricardo Medina Mosquera, de 46 años, presentó trauma en el tórax, lesiones en la boca y la cara.  Además, su acompañante, Wilson Mendoza Mojica, de 55 años, también resultó herido.

Las primeras hipótesis sobre las causas del accidente apuntan a una posible maniobra de adelantamiento, invadiendo  el carril contrario.

Un juez de conocimiento condenó a un hombre a 17 años y 6 meses de prisión por el delito de acceso carnal abusivo con menor de 14 años, específicamente una niña de 7 años, en la ciudad de Yopal, capital del departamento de Casanare.

La sentencia fue emitida el 13 de febrero de 2025, luego de que la Fiscalía General de la Nación presentara pruebas contundentes que demostraron la culpabilidad del acusado.

El hecho ocurrió el 10 de octubre de 2020, en una casa familiar en Yopal, donde vivían la víctima, sus padres, el agresor y su esposa. El hombre, quien era pareja sentimental de una prima de la menor, llevó a la niña a una habitación y abusó de ella sexualmente.

Además de la pena principal, el juez inhabilitó al condenado para el ejercicio de derechos y funciones públicas durante el mismo tiempo de la condena, es decir, 17 años y 6 meses.

Asimismo, no se le concedió ningún beneficio de subrogado, por lo que deberá cumplir la totalidad de la pena en un centro carcelario.

Este caso resalta el trabajo de la Fiscalía Seccional Casanare, que logró demostrar la responsabilidad del agresor y asegurar una condena ejemplar para proteger a la víctima y garantizar justicia.

La Fiscalía General de la Nación informó que tres personas fueron enviadas a prisión por su presunta participación en el tráfico, fabricación y porte de estupefacientes en el asentamiento humano conocido como La Resistencia, en Yopal.

Los detenidos son José Alejandro Calderón, Jully Janeth Ramos Malpica y Mary Luz Malpica López, quienes fueron capturados por la Policía Nacional.

Durante la operación, las autoridades incautaron bazuco, clorhidrato de cocaína, marihuana, elementos para la dosificación, 31 celulares, bicicletas, tres computadores portátiles y dos pistolas traumáticas, entre otros objetos. Los acusados no aceptaron los cargos imputados por la Fiscalía Seccional de Casanare.

El juez de garantías ordenó la medida de aseguramiento en centro carcelario para los procesados, mientras se resuelve su situación judicial.

El Juzgado Segundo Administrativo del Circuito de Yopal, Casanare, emitió una sentencia que suspende el contrato de colaboración empresarial No. 00147 de 2022 entre la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Yopal (E.A.A.A.Y. E.I.C.E. E.S.P.) y SSYAM DE COLOMBIA S.A.S., debido a múltiples irregularidades detectadas en el proceso contractual, cuyo valor es de ($15.446.130.000,00).

La decisión se tomó en respuesta a una acción popular interpuesta por Rene Leonardo Puentes Vargas, quien argumentó que el contrato vulneraba derechos colectivos relacionados con la moralidad administrativa, la defensa del patrimonio público, y el acceso a servicios públicos eficientes.

La sentencia, emitida el 10 de febrero de 2025, reveló que el proceso de selección del contratista no cumplió con los estándares legales y constitucionales, incluyendo la falta de un proceso de licitación pública y la ausencia de estudios técnicos y financieros adecuados.

Además, se encontró que la información sobre el contrato no fue publicada completamente en el Sistema Electrónico de Contratación Pública (SECOP), lo que afectó la transparencia del proceso.

El juzgado ordenó la suspensión inmediata de la ejecución del contrato y conminó a las partes a establecer mesas de diálogo para llegar a un acuerdo sobre la terminación del mismo.

También se instruyó a la Procuraduría General de la Nación y a la Fiscalía General de la Nación para que tomen conocimiento de la decisión y actúen en consecuencia.

Esta decisión busca proteger los derechos colectivos y garantizar que los procesos contractuales en el sector público se lleven a cabo con transparencia y en cumplimiento de la ley.

 

La Policía Nacional invitó a la ciudadanía que haya sido víctima del accionar delictivo de Juan David Páez Sandoval, para que instauren la respectiva denuncia y de esta manera enviar a la cárcel a este, señalado, actor recurrente de actividades delictiva en la ciudad de Yopal.

Pérez Sandoval, conocido con el alias de “Orejas” o “Dumbo” fue capturado en zonas rural del municipio de Trinidad, en medio de un operativo adelantado de manera conjunta entre la Policía Nacional, la Fuerza Aérea y la Fiscalía 33 EDA.

Según las autoridades, “Orejas” de 24 años tenía 11 anotaciones en el sistema penal oral acusatorio y estaba incluido dentro del cartel de los más buscados en Casanare.

Igualmente, se conoció que “Dumbo”  tenía preferencia por los atracos a mano arma en la capital casanareña.

Año tras año las comunidades ribereñas del Río Cravo Sur, especialmente las que habitan las áreas rurales de La Manga y La Calceta, quedan expuestas a las inundaciones del afluente.

Aunque el tema no es ninguna novedad, los habitantes de estos sectores esperan una solución definitiva a esta problemática, sobre la cual ya hay una sentencia proferida desde el 19 de septiembre de 2024 por el Consejo de Estado.

El pronunciamiento de la mencionada autoridad judicial se dio como repuesta a la apelación de un fallo del Tribunal Administrativo de Casanare del 03 de abril de 2014, al cual le hizo algunas modificaciones.

En este orden de ideas, la próxima temporada de lluvias será el termómetro, para medir el grado de eficiencia en la respuesta por parte de las entidades oficiales relacionadas con el tema.

El problema

El río Cravo Sur ha sido protagonista de desbordamientos constantes en las épocas de invierno, generando inundaciones que han puesto en riesgo la vida y los bienes de los habitantes de las veredas de La Manga y La Calceta.

Los demandantes alegaron que, a pesar de ser un problema técnicamente previsible, las entidades responsables no han tomado medidas suficientes para prevenir estos desastres.

Entre las afectaciones más graves se encuentran:

- Pérdida de cultivos y animales.

- Deterioro de vías y puentes, como el puente La Cabuya, que conecta a las comunidades con la ciudad de Yopal.

- Daños al parque La Iguana, un área de protección ambiental que ha sido abandonada por las autoridades.

La demanda

La demanda fue presentada por Marco Julio Univio Chirivi y **Robert Jalil Preciado Cárdenas, quienes solicitaron al Tribunal Administrativo de Casanare que se declarara la vulneración de derechos colectivos y se ordenara a las entidades responsables realizar obras para redirigir el caudal del río a su cauce original.

También, construir infraestructura de protección, como diques y enrocados, así como recuperar el parque La Iguana y garantizar la seguridad de las comunidades afectadas.

Sentencia de primera instancia

El Tribunal Administrativo de Casanare falló a favor de los demandantes, declarando la vulneración de derechos colectivos y ordenando a las entidades:

- Realizar estudios técnicos integrales sobre el río Cravo Sur.

- Construir obras de protección y recuperación de áreas afectadas.

- Suspender actividades incompatibles con las zonas de alto riesgo, como la construcción de viviendas en áreas inundables.

Recursos de apelación y decisión del Consejo de Estado

Varias entidades y empresas interpusieron recursos de apelación, alegando que las cargas impuestas eran desproporcionadas y que no tenían responsabilidad directa en el problema.

El Consejo de Estado, tras analizar los argumentos, confirmó en gran parte la sentencia del Tribunal, pero ordenó algunas modificaciones claves para ajustar las responsabilidades y los plazos de ejecución de las medidas.

Modificaciones ordenadas por el Consejo de Estado

  1. Responsabilidad compartida: El Consejo de Estado aclaró que, aunque el Municipio de Yopal es el principal responsable de la gestión del riesgo en su territorio, otras entidades como Corporinoquía, el Departamento de Casanare y la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), deben colaborar de manera más activa en la ejecución de las medidas ordenadas.
  1. Ajustes en los plazos: El Consejo de Estado reconoció que algunas de las órdenes emitidas por el Tribunal Administrativo de Casanare requerían plazos más realistas, especialmente en lo relacionado con la actualización del Plan de Ordenación y Manejo de Cuencas Hidrográficas (POMCA) y la ejecución de obras de protección
  1. Exclusión de responsabilidades: El Consejo de Estado excluyó a algunas entidades, como el Instituto Nacional de Vías (Invías), de ciertas órdenes, al considerar que no tenían competencia directa sobre el cauce del río Cravo Sur.
  1. Medidas cautelares reforzadas: Se ordenó reforzar las medidas cautelares, como la suspensión inmediata de licencias de construcción en zonas de alto riesgo y la realización de monitoreos periódicos del río para prevenir futuras inundaciones.

Impacto y relevancia del fallo

Esta sentencia es un precedente importante en materia de protección ambiental y gestión del riesgo en el país. Resalta la responsabilidad de las entidades públicas en la prevención y mitigación de desastres naturales, así como la necesidad de trabajar de manera coordinada para garantizar la seguridad y el bienestar de las comunidades afectadas.

Además, el fallo pone en evidencia la importancia de proteger los recursos naturales y el espacio público, especialmente en zonas vulnerables a inundaciones y otros fenómenos naturales.

¿Qué sigue?

Las entidades demandadas tienen la obligación de cumplir con las órdenes impartidas por el Consejo de Estado, lo que incluye la realización de estudios técnicos, la construcción de obras de protección y la recuperación de áreas afectadas.

La comunidad espera que estas medidas permitan finalmente solucionar un problema que ha afectado su calidad de vida durante años.

El fallo del Consejo de Estado no solo confirma la vulneración de derechos colectivos, sino que también introduce ajustes clave para garantizar una solución más efectiva y equitativa. Ahora, la atención se centra en la ejecución de las medidas ordenadas para proteger a las comunidades ribereñas del río Cravo Sur y garantizar su seguridad.