Miércoles, 30 Agosto 2023 12:01

La llama que encendió indemnización que debe pagar la Alcaldía de Yopal

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En ocasiones algunas desatenciones por parte de funcionarios públicos, se convierte en el pago de multas y sanciones pecuniarias muy costosas para el Estado.

Ese es el caso del contrato suscrito entre la Alcaldía y el parqueadero La 14 Yopal, al cual por alguna extraña razón que no ha sido precisada hasta el momento, se les olvidó la póliza de responsabilidad de daños a terceros.

Trascurría el mes de junio del año 2014, cuando en el mencionado estacionamiento ocurrió un incendió, en el cual terminaron calcinadas 200 motocicletas que se encontraban inmovilizadas.

Hoy los propietarios de esos vehículos por orden judicial, deben ser indemnizados por la Alcaldía de Yopal, con más 500 millones de pesos.

El fallo fue emitido por el Juzgado Segundo Administrativo de Casanare. En sus argumentos sostuvo que pudo demostrar que la mencionada póliza, fue firmada horas después que el parqueadero ardió en llamas.

Así mismo el Juzgado pudo comprobar la mala fe del contratista, así como el uso de triquiñuelas por parte del mismo. También se corroboró la inexistencia del aseguramiento, para amparar la responsabilidad civil de la Alcaldía de Yopal, frente a eventuales imprevistos que generan daños en el parque automotor que se encontraba en el lugar.

Precisó la autoridad judicial que la responsabilidad de custodia y cuidado era del Municipio, al que le asistía la función de depositario de los vehículos, relaciones durante la ejecución del contrato 848 de 2014, firmado con el señor Milton Gabriel Cruz Bonilla.

El objeto contractual estaba definido como “Prestar el servicio de parqueadero para el fortalecimiento de las acciones de tráfico del municipio de Yopal”.

Toda esta situación ocasionó una falla en el servicio por omisión, por parte de la entonces Secretaría de Tránsito y Transporte Municipal de Yopal. Para la época transcurría los años de gobierno y Wilman Enrique Celemín y el titular de este despacho era el señor Rolfer Roncancio.

No contar con la mencionada póliza llevó al Municipio a pagar la indemnización ya referida. Si este documento se hubiese firmado conforme la exige la ley, una empresa de seguros sería la llamada a hacerse cargo del pago de los daños, causados durante el incendio.

Para establecer el valor de las motocicletas presa de las llamas, se apeló a las páginas de compra venta de este tipo de vehículos y se aplicó el precio comercial de las mismas vigente para 2021, año en el cual se hizo la respectiva consulta.

La orden judicial cobija a 8 demandantes a quienes se les deberá reconocer la indemnización, que tiene su origen en  perjuicios materiales por daño emergente.

Del avalúo hecho en 2021, se hicieron los ajustes respectivos para actualizar el precio, el cual fue ajustado a la fecha en que se emitió la sentencia.

Para el caso de estas 8 motocicletas, sus dueños recibirían 22 millones 803 mil pesos.

Los demás propietarios, 173 en total, que no participaron en la demanda de acción en grupo, pero que se acojan a la sentencia, se les otorgará el valor promedio de las motos avaluadas, que fue establecido en $ 2.850.456, por cada vehículo. De esta manera sumando los dos grupos de afectados, la suma que debe asumir el Gobierno local, es de 493 millones 123 mil pesos.

Para el caso de quienes no participaron de la acción judicial pero que se quieran acoger a la misma, la Defensoría del Pueblo será la entidad encargada de determinar la viabilidad de las solitudes radicadas que se presente en un lapso de 20 días posteriores a la publicación del fallo.

Sin embargo, deberán demostrar previamente que pertenecen al conjunto de individuos que interpuso como un mismo grupo y que sus vehículos están en la base de datos de motocicletas incineradas.

De igual forma  deben presentar la licencia de tránsito o certificado de tradición de los vehículos, para acreditar el derecho de dominio. La Defensoría del Pueblo deberá devolver al municipio los recursos que no se reclamen.  

En este orden de ideas la Administración municipal tiene un plazo de 10 días, contados a partir de la ejecutoria de la sentencia, para apropiar los 516 millones de pesos y depositarlos en el Fondo para la Defensa de los Derechos e Intereses Colectivos, correspondientes al monto total o global de la indemnización.

Leído 👁️ 1492 vistas Veces Última modificación el: Jueves, 31 Agosto 2023 16:26