Alcaldía da plazo máximo para iniciar tramite de exhumación de cadáveres del cementerio de Yopal
Escrita por Casanare NoticiasCon el propósito de dar cumplimiento al Art. 20 de la Resolución No. 5194 de 2010, el cual exige a los familiares y/o conocidos de las personas que fueron sepultas tras su muerte en el Parque Cementerio del Municipio, la Alcaldía de Yopal, se permite informar que, es necesario dar inicio al trámite y obligación del procedimiento de exhumación (acción de extraer cadáver), en un término no mayor a QUINCE (15) DÍAS, a fin de brindar las garantías del debido proceso, bajo los principios de respeto, veneración y libertad de cultos.
Según lo dio a conocer la Secretaría de Gobierno Municipal, en cabeza de Hugo Archila, los cadáveres deberán ser exhumados teniendo en cuenta los siguientes tiempos de permanecía:
1. Para menores de 7 años: Tres (3) años a partir de la fecha de inhumación (entierro) establecida en los registros del cementerio.
2. Para mayores de 7 años: Cuatro (4) años a partir de la fecha de inhumación (entierro) establecida en los registros del cementerio.
De no acatarse el presente requerimiento, se procederá de acuerdo a lo reglamentado en el artículo 20 de la Resolución No. 5194 de 2010, a trasladar los restos óseos en una urna o espacio común. Por ello, la Administración Municipal, se permite relacionar a continuación las empresas fúnebres que están legalmente constituidas y autorizadas en el Municipio de Yopal para ofrecer el servicio de exhumación:
FUNERARIA |
CONTACTO |
JARDINES DE PAZ |
3124494883 |
EXHUMACIONES E.C.F. |
3118440902 - 3112394602 |
EXHUMACIONES LA RESURRECCIÓN. |
3123052511 |
MANTO SAGRADO |
3133677173 - 6345312 |
FUNERARIA LOS OLIVOS |
3168750867 - 632.41.21 |
CAPILLAS DE LA FE COORSERPARK |
3203156225 |
TRASLADOS Y EXHUMACIONES SAN GABRIEL |
3144718787 - 3214924437 |
VELACIONES SANTA CRUZ DEL LLANO |
3105510777 - 3192756833 |
Entre tanto, los familiares de las personas sepultadas en el Parque Cementerio de Yopal, podrán tramitar la solicitud de exhumación de su ser querido y/o conocido, en la oficina de la Secretaría de Gobierno, ubicada en las instalaciones del Palacio Municipal, en la dirección: diagonal 15 N° 15 - 21 Yopal – Casanare y deberán presentar los siguientes documentos:
· Certificado de Defunción
· Licencia de Exhumación (Secretaría de Salud)
· Fotocopia de la cédula de quien autoriza la exhumación con los datos: dirección y teléfono.
· Copia y original de la consignación de derechos de exhumación por valor de OCHENTA Y UN MIL DOSCIENTOS PESOS ($ 81.200), los cuales deben ser consignados en la cuenta de ahorros No. 85503099-5 del Banco de Bogotá.
Finalmente, si desea que los restos óseos sean inhumados (sepultados) a perpetuidad en el Parque Cementerio de Yopal, la venta del osario tiene un costo de CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS ($ 450.000), o de lo contrario, deberá anexar copia de la compra del osario en el lugar de su preferencia.
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