Jueves, 09 Julio 2015 01:07

Listo reglamento para campañas políticas 2015

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La Administración Municipal de Yopal a través del decreto  134 de 2015, estableció el reglamento que regula el uso de publicidad política dentro de las próximas campañas que culminarán el 25 de octubre con la elección de nuevos alcaldes, diputados, concejales, ediles y gobernador de Casanare, según lo dispuesto por el Consejo Nacional Electoral.

El decreto regula el uso y la distribución de la publicidad política, mientras que el Alcalde y el Registrador Municipal reglamentan la forma, lugares y condiciones para fijar la publicidad impresa y la frecuencia e intensidad de la publicidad auditiva.

Disposiciones

Cada Partido o Movimiento Político con Personería Jurídica, Movimiento Social o Grupo Significativo de Ciudadanos, deberá cumplir las siguientes disposiciones:

1. Podrán, utilizar un máximo de 30 cuñas radiales diarias, en una o varias emisoras de Yopal. En caso de no emitirse en un día el tope máximo, no serán acumuladas para el día siguiente.

2. Podrán  utilizar, un máximo de seis publicaciones escritas o avisos, y ocho vallas publicitarias en la ciudad, con un área máxima de cuarenta y ocho 48 metros cuadrados cada una. En los avisos no se podrá utilizar pintura reflectiva.

3. Podrán utilizar un máximo de ocho murales políticos, previa autorización del Idury y se deberá borrar en un plazo máximo de 8 días después del día de elecciones.

4. Podrán utilizar un máximo de ocho pasacalles, los cuales no deberán sobrepasar los cincuenta 50 centímetros de ancho y su ubicación será dispuesta por el Idury.

5. Queda prohibido el uso de afiches, carteles y pendones de carácter político en árboles, postes de energía, de teléfonos, parques, edificios de entidades públicas, y en general en todo tipo de bien de uso público. Así como sitios históricos, edificios o sedes de Entidades Públicas del orden Nacional, Departamental o Municipal, Templos, Hospitales, Puestos de Salud y edificaciones de consideración arquitectónica entre otras, no se pueden ubicar ninguna tipo de publicidad. La solicitud para la ubicación de vallas con publicidad política debe ser dirigida al Idury. 

6. Queda prohibida la publicidad política por medio del sistema de altoparlante, perifoneo móvil, parlantes o amplificaciones móviles en la jurisdicción del municipio de Yopal. Las sedes de campañas políticas que posean altoparlantes deben mantenerlos dentro de la misma, con un nivel de sonido máximo de 45 decibeles.

La publicidad y todo topo de propaganda política, únicamente podrá realizarse durante los tres 3 meses anteriores a la realización de la elección, es decir desde el 25 de julio de 2015.

Multas

Quien incumpla lo estipulado y la reglamentación,  incurrirá en multas de conformidad con lo señalado en el artículo 13 de la ley 140 de 1997, por valor de uno y medio a diez salarios mínimos mensuales legales vigentes, impuestos por el alcalde. Estos recursos  ingresarán al Fisco Municipal.

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