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Luego del pronunciamiento de la Justicia Especial para la Paz, donde expuso las razones por la cuales no aceptó la solicitud de sometimiento del exalcalde de Aguazul, Mauricio Jiménez Pérez, los hermanos del mandatario publicaron un sentido mensaje en el cual manifestaron su desacuerdo con la decisión de la JEP.

El escrito comienza por describir las repercusiones emocionales que tiene para ellos el rechazo a la petición hecha por el exmandatario. “Hablamos como los hermanos de José Mauricio Jiménez, con el corazón roto y llenos de dolor por la injusticia que hoy consume a nuestra familia”.

Asegura la publicación que durante el tiempo que ejerció como alcalde de Aguazul, su hermano terminó cediendo ante las pretensiones de los grupos armados organizados de la época, por temor.

“Nuestro hermano José Mauricio, exalcalde de Aguazul, cedió por miedo, por la coacción de un conflicto armado que devoraba a Casanare, donde los líderes civiles estaban solos, sin el amparo del Estado, y con una “pistola en la cabeza” que los obligaba a someterse a la barbarie”.

También recalca que “ha manifestado su profundo arrepentimiento y ha pedido perdón a las víctimas de los desaparecidos, demostrando su voluntad sincera de contribuir a la verdad, la reparación y la justicia”.

Sobre la negativa a la solicitud de sometimiento la califican como “una dolorosa incoherencia en la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP)”.

Opinión que para los hermanos de Jiménez Pérez tiene su argumento. “Mientras la JEP admite y otorga beneficios a actores armados que empuñaron fusiles y cometieron crímenes atroces, a nuestro hermano —que nunca tomó un arma y cuya presunta responsabilidad se limita a una autoría por omisión, en un contexto de amenaza y abandono estatal— se le cierran las puertas”.

Razones a las que se añaden algunos cuestionamientos. “Nos preguntamos con angustia: ¿Por qué un civil coaccionado encuentra un muro, mientras criminales confesos obtienen libertad e incluso curules?”

En este contexto los hermanos Juan, Patricia Fernanda, Marta Zoraya y Juan Ricardo Jiménez, quienes firma el comunicado a la opinión pública, hacen un llamado para que la petición de Mauricio sea aceptada.

“La justicia transicional debe reconocer el contexto de guerra que obligó a muchos civiles a “aceptar el sometimiento”. Exigir una plena posición de garante a un funcionario civil bajo amenaza, sin respaldo del Estado, es un doble rasero inaceptable”.

Agrega el escrito que “no buscamos impunidad. Buscamos la verdad simétrica, el reconocimiento del contexto de terror y un trato justo”.

Por lo tanto, hace una solicitud puntual. “Exigimos que la JEP deje de ser una vía de escape para los criminales armados, mientras se convierte en un aparato de estigmatización para los civiles que fueron también víctimas de la coacción y el miedo.

Recordó la publicación que la familia Jiménez también fue víctima de la violencia. “Nuestro padre fue vilmente asesinado por los paramilitares, y reiteramos con firmeza que nuestro hermano nunca fue autor intelectual ni material de delito alguno. Su única falta fue ser autor por omisión en posición de garante, en un contexto de abandono estatal y violencia generalizada”.

Insista el comunicado en el abandono estatal imperante en la época en que ocurrieron los hechos. “Este no fue un problema exclusivo de Aguazul, sino de todo el país”.

Por eso consideran injusta la situación de Mauricio Jiménez. “El hecho de que nuestro hermano sea el único exalcalde condenado en Colombia bajo estas circunstancias profundiza aún más nuestro dolor y cuestiona la equidad en la aplicación de la justicia y en el respeto al derecho a la igualdad”.

Finalmente, pidieron un trato justo para su hermano de quien manifestaron que su único deseo es contribuir a la verdad.

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En un boletín de prensa la Justicia Especial para la Paz reveló las razones por las cuales negó la solicitud de sometimiento hecha por el exalcalde de Aguazul, Mauricio Jiménez Pérez.

Para la JEP la versión entregada por el exmandatario local no aportó la verdad plena, ni entregó ninguna novedad, tampoco datos relevantes, que permitieran “aclarar los patrones macrocriminales que afectaron a la población de Casanare durante el periodo en que fue alcalde 2001 – 2003).

El escrito compartido por la JEP recuerda que Jiménez Pérez fue condenado “en 2011 por el Juzgado 5to. Penal del Circuito Especializado de Bogotá a 29 años de cárcel por la desaparición forzada de Luis Ariel Bernal López y Ariel Rojas Moreno”.

Los cargos contra Mauricio Jiménez son por “omisión, y concierto para delinquir agravado en calidad de autor”, según se puede leer en el documento.

También recuerda que se le impuso una inhabilidad de 13 años para ejercer cargos públicos”. Igualmente menciona que por estos hechos “se encuentra en etapa de investigación un proceso disciplinario en la Procuraduría relacionado con dichas desapariciones forzadas”.

Adicionalmente expresa que la “Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP determinó que Jiménez Pérez no brindó información que permitiera revelar con claridad cómo se desarrolló su connivencia con las autodefensas”.

Añade que tampoco “reveló contenido sobre sus vínculos a través de reuniones (probadas en la justicia ordinaria) que sostuvo con Héctor Germán Buitrago Parada, exjefe de las Autodefensas Campesinas del Casanare (ACC), conocido como ‘Martín Llanos’ “.

Así mismo, según la JEP, en el relato de Jiménez Pérez, no se “entregó información orientada a esclarecer algún patrón criminal relacionado con violaciones de derechos humanos cometidos por las ACC contra la población civil de Aguazul (Casanare) mientras ejerció como alcalde”.

Ante esta situación determinó que el exalcalde “incumplió el régimen de condicionalidad, lo que le impide acceder a tratamientos especiales o beneficios de la JEP, empezando por la aceptación del sometimiento”.

Aclaró la Sala Disciplinaria que el exalcalde de Aguazul “contó con amplias oportunidades para brindar información que superara el umbral de verdad esclarecido en la jurisdicción ordinaria, pero Jiménez no hizo ningún aporte a la verdad que resultara idóneo”.

En este contexto subrayó la JEP que la información entregada por Jiménez Pérez se limitó a la narración de “argumentos vagos que no permitieron ahondar en la develación plena de las circunstancias de tiempo, modo y lugar y el señalamiento de otros autores implicados en los delitos por los que fue condenado”.

Frente a este hecho la JEP ordenó remitir el expediente a las autoridades ordinarias, “toda vez que en el proceso penal por el que fue condenado se encuentra una orden de captura vigente en su contra, la cual está a cargo del Juzgado 17 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá.

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