La contundencia de las pruebas recopiladas por la Fiscalía General de la Nación fueron determinantes para que un juez penal del circuito de Bello (Antioquia) condenara a un hombre a 40 años de prisión, y lo declara responsable del feminicidio de su excompañera sentimental y el asesinato de su hijo.

Una fiscal de la Seccional Medellín demostró que el 9 de diciembre de 2021, el hoy sentenciado llegó a una vivienda del barrio Miraflores, en Copacabana (Antioquia), y en medio de amenazas pidió a la expareja y al menor de edad que regresaran a vivir con él. Ante la negativa, les causó la muerte con un objeto contundente.

Según la investigación, la mujer había terminado la relación tres meses antes del ataque por el continuo maltrato físico y psicológico que recibía de su pareja, y la violencia constante que esta persona ejercía sobre su hijo, de 14 años.

Por estos hechos, funcionarios del CTI capturaron al agresor el 24 de enero de 2022. En su momento fue judicializado; y, posteriormente, ante la contundencia de los argumentos de la Fiscalía aceptó de manera libre y voluntaria los delitos de feminicidio y homicidio, ambas conductas agravadas.

La sentencia en contra de este hombre dispone que deberá cumplir la pena en establecimiento carcelario.

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La Fiscalía Seccional Casanare logró la judicialización de Jorge Eliecer Martínez Daza, quien fue capturado en flagrancia en momentos en que fue requerido por unidades de la Policía Nacional y se le halló una escopeta.

La captura se llevó a cabo el pasado 27 de noviembre en un céntrico sector de Villanueva. Una vez individualizado, el sistema arrojó que Martínez Daza tenía vigente en su contra una orden de captura expedida por un juzgado de Sabanalarga, para cumplir una condena de seis años de cárcel por el delito de hurto calificado, por lo que fue puesto a disposición de un juez.

A su vez la Fiscalía lo imputó por el delito de tráfico y porte de armas de fuego o municiones, cargos que no aceptó.

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La Fiscalía General de la Nación logró que un juez de conocimiento de Amazonas condenara a dos años de prisión y multa de 6.66 salarios mínimos legales mensuales vigentes a Alan Benjumea, quien amenazó, a través de redes sociales, al periodista Luis Carlos Vélez.

La labor investigativa realizada de manera articulada con el Centro Cibernético Policial de la DIJIN de la Policía Nacional permitió identificar a la persona que envió los mensajes intimidatorios contra el comunicador desde Leticia (Amazonas), en julio de 2018.

Ante la contundencia de la evidencia en su contra, el hoy sentenciado aceptó su responsabilidad en los hechos. Esta es la segunda condena que se da en el país por amenazas a través de redes sociales. La primera, de 38 meses de prisión, fue proferida contra Francisco Javier Andica Acevedo, en 2018, por intimidar a una periodista y a un caricaturista.

La Fiscalía General de la Nación respeta el derecho a la libre expresión, al tiempo que reitera que las amenazas contra la vida y la integridad de las personas, emitidas desde cualquier medio o canal virtual, son conductas catalogadas como delito.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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Autoridades de Casanare, reportaron la mañana de este domingo 22 de agosto la captura mediante orden judicial del exagente de la Policía, Wilmar Antonio Alarcón Vargas, condenado por el delito de homicidio agravado

Alarcón Vargas está condenado a 37 años y seis meses de prisión por el homicidio del joven grafitero Diego Felipe Becerra, en hechos ocurridos en el norte de la ciudad de Bogotá, el día 19 de agosto de 2011 cuando este era miembro activo de la Policía Nacional.

Según labores de inteligencia, este sujeto que desde hace seis años era prófugo de la justicia, se escondía en un apartado sector rural del norte de Casanare, pero recientemente se había trasladado a Yopal, hasta donde llegaron soldados del Gaula Militar Casanare y funcionarios del CTI de la Fiscalía, para hacer efectiva la orden de captura.

La detención se dio en cumplimiento de una orden judicial proferida por el Centro de Servicios Judiciales del Complejo Judicial de Paloquemao en Bogotá; y se hizo efectiva en el barrio Llano Lindo de Yopal, donde al parecer, el expolicía se ocultaba de las autoridades.

Esta pena fue ratificada en segunda instancia por el Tribunal Superior de Bogotá, en mayo del presente año. La audiencia de legalización de captura se cumplirá ante un Juez de Control de Garantías en Yopal, Casanare, y posteriormente, el procesado será traslado a Bogotá para ser puesto a disposición del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC), entidad que definirá el lugar de reclusión de Alarcón Vargas, quien fue destituido de la Policía Nacional en 2016.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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A una pena de 17 años y 6 meses de prisión tendrá que enfrentarse Johan Steven Lozano Páez, luego de haberle causado la muerte a su hermano mayor Jhon Leiver, en medio de una riña el pasado 18 de agosto de 2020, en el Rincón de la Virgen, sector El Bosque de Ibagué.

Esta condena se logró mediante un preacuerdo celebrado entre la Fiscalía General de la Nación, el acusado y su defensa, tras aceptar la responsabilidad en el crimen.

El hecho ocurrió en horas de la tarde, cuando el procesado llegó a su casa en compañía de su madre, bastante alterado, porque según él le habían negado la atención médica en un centro asistencial de la ciudad.

Las investigaciones dan cuenta que el hombre cuando estaba molesto se tornaba violento y por esa razón su hermano, de 37 años, siempre intentaba calmarlo. En esta ocasión se presentó un ataque en medio del cual Johan Steven hirió en repetidas ocasiones a su hermano, causándole la muerte.

La madre de los dos hombres pidió ayuda a los vecinos, quienes llevaron a la víctima a un hospital donde llegó sin signos vitales; entretanto el agresor huyó y fue detenido poco después. La decisión quedó en firme.

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Una condena de 12 años y 3 meses de prisión tendrá que pagar un hombre por el abuso sexual de su nieta, de dos años de edad. Los hechos ocurrieron en abril de 2019 en una vivienda del barrio La Madrid de Villavicencio, Meta.

Ante un juzgado con funciones de conocimiento la Fiscalía demostró que el condenado, abuelo de la víctima, habría efectuado actos sexuales contra la menor de dos años. Por esa razón fue condenado por el delito de acceso carnal abusivo con menor de 14 años agravado.

En la sentencia el juez negó cualquier tipo de subrogado para el sentenciado, por lo cual deberá cumplir la pena en centro carcelario. La sentencia quedó ejecutoriada.

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Ante la contundencia de los elementos de prueba y los argumentos presentados por la Fiscalía General de la Nación, el juez décimo Penal del Circuito de Bogotá impuso 19 años y 2 meses de prisión al exmagistrado Francisco Javier Ricaurte Gómez, como responsable de los delitos de concierto para delinquir agravado, cohecho por dar u ofrecer, utilización indebida de información privilegiada y tráfico de influencias.

El fallo también determinó que el sentenciado deberá cumplir la pena en centro carcelario y pagar una multa de 485 salarios mínimos mensuales vigentes. En el curso del proceso la Fiscalía demostró que el exmagistrado, junto a algunos funcionarios judiciales y un grupo de abogados, promovió y dirigió una organización criminal que, en al menos tres oportunidades, recibió dádivas para interceder en investigaciones penales contra aforados constitucionales.

En el entramado de corrupción, el abogado Luis Gustavo Moreno se encargaba de acercarse a los denominados ‘clientes’ para pedirles dinero a cambio de la mediación ilegal. Cuando las personas contactadas accedían a pagar, la suma era distribuida entre Ricaurte Gómez y los otros señalados integrantes de la estructura, quienes se encargaban de realizar gestiones indebidas en diferentes instancias judiciales para manipular las decisiones.

“Evidentemente, la Fiscalía logró cumplir lo que prometió en su teoría del caso, es decir, demostrar la existencia de las conductas punibles como fuere concierto para delinquir agravado en condición de autor a título de dolo. También, igualmente, pudo demostrar tres cohechos”, resaltó el juez en su decisión.

Dos de estos cohechos se presentaron en casos que se seguían en el despacho del exmagistrado Gustavo Malo Fernández. En uno, el excongresista Álvaro Antonio Ashton Giraldo habría entregado 1.200 millones de pesos para dilatar o archivar la investigación en su contra por presuntos nexos con grupos paramilitares. Aquí Ricaurte Gómez recibió 400 millones de pesos.

En otro hecho, el exsenador Musa Besaile Fayad, supuestamente, pagó 2.000 millones de pesos para frenar una orden de captura en su contra. En esa ocasión al exmagistrado le correspondieron dos pagos por 250 y 290 millones de pesos.

Un tercer evento está relacionado con un pago que, al parecer, hizo el exgobernador de Valle del Cauca, Juan Carlos Abadía para presuntamente demorar un proceso por corrupción.

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Pruebas técnicas y testimoniales presentadas por la Fiscalía General de la Nación permitieron al Juzgado 1 Penal del Circuito de Itagüí (Antioquia) sentenciar a 13 años de prisión a un conductor de 45 años, por los delitos de acceso carnal abusivo con menor de 14 años y actos sexuales abusivo con menor de 14 años, en contra de su propia hija.

De acuerdo con la investigación adelantada por un fiscal del Centro de Atención Integral a Víctimas de Abuso Sexual (Caivas), los abusos sexuales se iniciaron desde el año 2005, cuando su hija biológica contaba con 7 años edad, y se extendieron hasta el año 2012.

Los hechos ocurrieron de manera reiterada en varios barrios del citado municipio del Sur del valle de Aburrá, donde la victima compartió techo con su padre.

La decisión de primera instancia fue apelada por la defensa ante la Sala Penal del Distrito Judicial de Medellín.

Fuente: Fiscalía General de la Nación 

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Luego de acoger la solicitud de la Fiscalía General de la Nación, un juez de conocimiento condenó a 21 años y 10 meses de prisión a Sigifredo Cataño Álvarez, exsecretario del Concejo Municipal de Caucasia (Antioquia), como responsable de los delitos de actos sexuales con menor de 14 años, utilización o facilitación de medios de comunicación para ofrecer actividades sexuales con persona menor de 18 años, y demanda de explotación sexual comercial con persona menor de 18 años.

De acuerdo con la investigación y el material recaudado por un fiscal seccional de Antioquia, en el año 2014, Cataño Álvarez, aprovechando el cargo que tenía para la época de los hechos, contactó por redes sociales a un menor de 13 años para solicitarle encuentros sexuales a cambio de dinero, los cuales se concretaron en uno de los baños del citado Concejo Municipal.

Así mismo, el 5 de noviembre del 2020, el procesado fue sentenciado a 9 años de prisión por la Sala Penal del Tribunal Superior de Antioquia, dentro de otro proceso, por el punible de actos sexuales abusivos con menor de 14 años. En esa oportunidad el victimario le realizó tocamientos libidinosos en las partes íntimas a un menor de 13 años.

Cataño Álvarez, de 53 años, huyó de la población mientras cumplía una medida de aseguramiento de carácter domiciliaria, por lo que al término de la lectura de sentencia el juez ordenó su captura para que cumpla la pena en el establecimiento carcelario que designe el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec).

 

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Se trata de una pena a 30 años de prisión impuesta por el Juzgado Único Penal del Circuito de Calarcá, Quindío, en contra de Jhonduar Gabriel Colmenarez Palencia, responsable de doble homicidio agravado, secuestro simple, acceso carnal violento y hurto calificado.

El testimonio entregado por la víctima y varias entrevistas hechas en el marco de la investigación fueron fundamentales a la hora de establecerse, por parte de la Fiscalía, la responsabilidad del hoy sentenciado. Los hechos, según se precisa, ocurrieron el 29 de febrero pasado en la finca Alta Cima, ubicada en la vereda Pizarro de Pijao, Quindío.

En dicho lugar, laboraban como contratistas la víctima del abuso sexual, su esposo, su hijo menor de edad y un hombre identificado como Nolberto López Gutiérrez, conocido como ‘Migue Pepe’. La decisión judicial detalla como en un momento la mujer salió de su habitación y observó en el piso a López Gutiérrez herido, tras ser atacado con un arma cortopunzante por el sentenciado.

Minutos después el compañero permanente de la mujer también fue asesinado por Colmenarez Palencia. Encerrada en su cuarto la víctima del abuso sexual escuchaba como el doble homicida le exigía que le abriera la puerta y le gritaba que le entregara el dinero que su esposo tenía.

En momentos en que la mujer intentaba huir con su hijo fue alcanzada por Colmenarez quien la llevó a una habitación y con amenazas abusó de ella sexualmente, para luego obligarla a salir hacia la cabecera municipal de Pijao.

En un descuido del agresor la víctima logró informarle a otra persona lo que sucedía. Esto permitió que las autoridades interceptaran el vehículo de servicio público en el que viajaban (Colmenarez Palencia, la mujer y el hijo de esta) hacia Armenia.

En ese instante el hombre fue capturado. A esta decisión, debidamente ejecutoriada, se llegó tras un preacuerdo, en el que el hombre aceptó los cargos imputados. 

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