Miércoles, 04 Septiembre 2024 22:27

Alcaldía de Yopal expidió decreto que limita la venta de combustibles en la ciudad

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En un extenso documento de 10 artículos, el alcalde de Yopal, Marco Tulio Ruiz Riaño, reguló por vía decreto, la venta de combustibles en la capital casanareña.

La medida se deriva de la compleja situación en el suministro de ACPM y gasolina que se ha presentado en las últimas horas, como consecuencia de los bloqueos de vías de acceso a la ciudad, producto del paro camionero.

En el artículo primero establece los topes máximos de venta de combustible medidos en pesos y de acuerdo con la categoría del automotor.

De esta manera para los carros particulares, $60.000; oficiales $100.000; transporte público, $100.000; motocicletas, $20.000 y vehículos de carga, $300.000.

“Se excluyen de esta medida los vehículos oficiales de organismos de socorro, Bomberos, servicios de salud, Defensa Civil, Cruz Roja, Policía Nacional, Ejercito Nacional, Fiscalía, Migración Colombia, Ministerio Público, ICBF, INPEC, organismos internacionales, vehículos de aseo, vehículos de vigilancia y seguridad privada”

El decreto igualmente prohíbe “la venta de combustible en pimpinas, barriles, canecas, pomas, tambores, recipientes. El interesado al momento de solicitar este expendio deberá solicitar permiso excepcional otorgado por la Secretaría de Gobierno Municipal”.

En el tercer artículo se hace una exigencia a los distribuidores. “Las estaciones de servicio ubicadas en la jurisdicción del Municipio de Yopal, deberán de manera obligatoria reservar los 10% del total de cada despacho de combustibles derivados del petróleo efectivamente recibidos”.

Esta reserva de la cual habla el mencionado artículo, “se destinará única y exclusivamente para el suministro de vehículos de servicio de salud tales como ambulancias, transporte insumos hospitalarios, medicamentos, vacunas, gases medicinales, servicios funerarios, organismos de socorro, vehículos de servicio de aseo.

Sin embargo, estos automotores “deberán identificarse y presentar documento que certifique dicha condición, lo cual será verificado por el personal operativo de la Secretaría de Gobierno y cualquier dependencia que esté coadyuvando en los diferentes operativos de control, para todo caso se contará con el apoyo de la Policía Nacional”.

En cuanto al horario de atención al público la norma lo estableció “de manera temporal y hasta que se normalice la situación presentada con ocasión del paro nacional de transportadores de carga, será comprendido desde las ocho de la mañana (8:00 am) hasta las ocho de la noche (8:00 pm) de cada día”.

En este punto se determinó que “las estaciones de servicio que incumplan esta medida serán objeto de las sanciones establecidas en la Ley 1801 de 2016 y demás que le sean aplicables”.

Para evitar cualquier alteración “la Policía Nacional de Yopal garantizará el orden público y la seguridad ciudadana en las estaciones de servicio que funcionan en el municipio de Yopal, para lo cual dispondrá de personal adecuado para coadyuvar en el control”.

Finalmente, la Administración municipal exhortó a toda la comunidad a no vender, ofrecer o comercializar este tipo de productos en puntos diferentes a las estaciones de servicio, so pena de incurrir en el delito de “destinación ilegal de combustibles”, que tiene una pena entre 6 y 12 años de prisión, así como una multa que oscila entre los 1.000 a 6.000 salarios mininos mensuales legales vigentes.

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