El alcalde de Nunchía Norberto Martínez, anunció que interpondrá una acción de tutela para poder lograr la aprobación del proyecto denominado “Mejoramiento de la Ruta Libertadora entre los departamentos de Casanare, mediante la construcción de un puente vehicular y obras complementarias en el Río Tocaría, sector Piedra Bolívar, municipio de Nunchía”. Básicamente es la construcción de un puente que conectaría a los municipios de Nunchía, Támara y Paya en Boyacá; proyecto que fue presentado por el municipio y que costaría alrededor de 24 mil millones de pesos

Este proyecto que paso todos los filtros correspondientes ante las entidades nacionales y que debía ser analizado y aprobado en la sesión del OCAD Regional, realizada hace algunas semanas, no fue aprobado, porque según el alcalde de este municipio, la gobernación de Casanare solicitó el retiro de este, argumentando que hubo una falsa motivación diciendo que ese proyecto no reposaba dentro del plan de desarrollo municipal.

Situación que el mismo alcalde de Nunchía, denunció ante la Asamblea departamental y que ratificó durante la celebración del Día del Campesino, ya que el mandatario quería entregar la aprobación de dicho proyecto como regalo a los nunchianos.

Por su parte, el Secretario de Planeación Humberto Alirio Martínez indicó que: “Este Ocad está integrado por 7 departamentos y Casanare presentó dos proyectos, uno de pavimentación por cumplimiento a una acción popular y otro, el de la construcción de dicho puente para Nunchía, agregó que la gobernación de Guaviare y el municipio de Calamar, tuvieron la responsabilidad de votar este proyecto y la gobernación de Casanare no tuvo ninguna incidencia directa y ellos se reservan la votación, tanto del orden nacional como municipal y departamental, siendo ellos quienes tomaron la decisión”.

 

Para este caso, el mismo Humberto Alirio es quien solicitó a la Secretaria Técnica del Ocad Regional Llanos que se archive este proyecto de Nunchía y esta, a su vez le informa que el único que puede solicitar dicho retiro, es el municipio, quien fue el encargado de presentarlo, en ese mismo documento, le fue informado el retiro de un proyecto presentado por el municipio de Sácama.

De esta manera, el alcalde indicó que no descansará hasta poder conseguir la materialización de dicho proyecto, que beneficiará a los habitantes de la verdadera ruta libertadora., así se haya tratado de un error involuntario.

 

Publicado en Regional

Durante lo corrido del año 2022 la Personería Municipal de Yopal ha acompañado la presentación de 156 acciones de tutela con las que se ha garantizado los derechos fundamentales de los habitantes de la capital casanareña que han concurrido a solicitar acompañamiento.

De estas tutelas 46 corresponden a reclamaciones por viáticos, 30 por asignación de citas médicas, tratamientos y exámenes especializados y 40 más por demoras y dificultades en las remisiones, entre otros. 

Las EPS sobre las cuales los usuarios de la Personería de Yopal han radicado este año mayor número de tutelas son: Capresoca con (61), Nueva EPS (43), Sanitas (38), Coosalud (6), Sanidad Militar (3), Medimás liquidada (5), siendo Capresoca la EPS que más incumple los fallos y órdenes judiciales con (8) incidentes de desacato. Le sigue Sanitas con (6) y la Nueva EPS con (5). 

“La Personería no quisiera hacer uso de esta clase de acciones por varias razones, la una porque es una obligación constitucional de las EPS atender a todos los pacientes que tengan una dificultad de salud de manera inmediata, pero desafortunadamente hay incumplimientos y definitivamente la única vía es consolidar ese derecho fundamental a través de una acción ante un juez de tutela", afirmó el personero de Yopal, Rafael Alberto Peña Torres.

El jefe del Ministerio Público reiteró que el desacato es una prueba fehaciente de que hay una situación que no funciona bien dentro de la prestación del servicio de salud por lo que hizo un llamado a todas las EPS para que hagan un análisis e intenten mejorar y ajustar cada uno de los procedimientos que no corresponden a la garantía plena de estos derechos necesarios y vitales para la comunidad.

Publicado en CN

El Juzgado Promiscuo Municipal de Maní ordenó como medida cautelar la suspensión del cuestionado proceso de licitación pública del mejoramiento de la vía que comunica los municipios de Maní, Tauramena y Monterrey, por 105 mil millones de pesos, que lleva a cabo la Alcaldía Municipal de Maní.

Lo anterior en consideración de una acción de tutela interpuesta por Fernando Romero Herrera, representante legal del Consorcio Casanare CHM, oferente que quedó excluido del proceso licitatorio por presentación extemporánea de la oferta económica.

El pasado 14 de julio el Juzgado notificó a la Alcaldía de Maní sobre la acción de tutela interpuesta contra esta por violación al debido proceso dentro del proceso licitatorio que aparentemente ya tenía ganado el Consorcio Gaviotas, único oferente habilitado para la evaluación de la oferta.

En razón a esto la Alcaldía emitió la resolución No. 0521 mediante la cual se suspendió provisionalmente el proceso contractual hasta que el Juzgado se pronuncie respecto a la solicitud de aclaración hecha en relación a los derechos de publicidad, legalidad y debido proceso.

 

 

Publicado en CN

El Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Paz de Ariporo este 26 de enero, sancionó con arresto de 3 días a la alcaldesa Eunice Escobar Bernal en una carceleta o celda de la estación de policía, por desacato a un fallo de tutela del 15 de julio de 2021, que ordenaba la entrega de información de un contrato de suministro de alimentos y elementos de aseo para para el hogar geriátrico Mi Ranchito.

La acción de tutela promovida por la veeduría Ciudadana PZA0Corrupción tiene que ver con un contrato de prestación de servicios del 29 de abril de 2021, referente al suministro semanal de bienes de la canasta familiar y elementos de aseo, para el hogar de adultos mayores. Se había solicitado las hojas de vida de 3 ecónomas contratadas y las actas o certificados de entrada a almacén de los elementos de aseo y desinfección y de la canasta familiar y estas últimas no fueron entregadas, porque supuestamente no existen.

Igualmente se impuso una sanción de 5 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Todas estas medidas impuestas serán ejecutadas una vez sea confirmada por el juzgado promiscuo del circuito, cuando se cumpla la consulta establecida en la ley. En todo caso se ordenó entregar la información en 48 horas.

Sobre este tema, Diana Taquiva, veedora ciudadana de Paz de Ariporo, informó que se instauró una acción de tutela, la cual, fue fallada en primera instancia a favor de la veeduría, en ese entonces la administración apeló y nuevamente fue ratificado el fallo a favor de la veeduría, sin embargo, señala que nunca se cumplió y en vista que no le entregaron información instauraron un incidente de desacato, que tiene en apuros hoy a la alcaldesa de esa localidad.

“Como ciudadana da tristeza que por lago tan básico como es entregar información se llegue a esto en el municipio de Paz de Ariporo”, afirmó Diana Taquiva.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Publicado en Judicial

La saliente diputada Lady Patricia Bohórquez no se resigna a dejar su curul en la Asamblea de Casanare. A pesar de que el Consejo de Estado notificara a esa Corporación del fallo de segunda instancia mediante el cual se declaró la pérdida de investidura, interpuso una acción de tutela argumentando que no estaba ejecutoriada y por ende no podía declararse la vacancia absoluta como diputada.

Este argumento encontró eco en el Juzgado Segundo Penal Para Adolescentes que decretó una medida cautelar que ordenó la suspensión de la resolución No. 024 de la Asamblea mediante la cual se declaró la pérdida de investidura de la diputada Lady Patricia Bohórquez Cuevas y declaró la vacante absoluta por la causal de pérdida de investidura de la curul.

La subjudice diputada o exdiputada, argumenta que luego de que se decretara la pérdida de investidura en segunda instancia el pasado 18 de marzo, ella interpuso un recurso de reposición y en subsidio de súplica contra el fallo que denegó la nulidad del proceso, que se encuentra en trámite y por tanto el fallo no se encuentra ejecutoriado y por tanto la Asamblea no puede posesionar al siguiente candidato de la lista del partido Liberal, hasta tanto no haya pronunciamiento del Consejo de Estado.

Precisamente la juez Eliana Cecilia Gamba Celis, expresó que se vinculó a la Sección Primera del Consejo de Estado para que informe si la sentencia de pérdida de investidura está o no ejecutoriada o si los recursos de reposición y de súplica contra el auto que resuelve la solicitud de nulidad están en firme o no.

Sin embargo, la medida cautelar se conoció minutos después de que Jorge Eduardo García, el segundo en votación de la lista, se posesionara como diputado en la Asamblea Departamental este jueves primero de julio.

Abogados consultados sobre el tema, expresaron que el fallo de pérdida de investidura sí está ejecutoriado y frente a ello la Asamblea actuó en consonancia y procedió a la vacancia y a la posesión del nuevo asambleísta. Por otra parte, el juzgado ordenó suspender una resolución que ya generó efectos jurídicos y por tanto la dirigente política debía solicitar la suspensión del acto administrativo que permitió la posesión del nuevo diputado, para poder volver a la Duma.

Por ahora el tema se volvió un galimatías jurídico y serán las autoridades judiciales las que determinen si la Asamblea tendrá que reintegrar a la diputada o si se mantiene en su curul, el entrante diputado.

 

Fuente: Martha Cifuentes

Publicado en CN

De acuerdo con la Corte Constitucional y la CIDH, familiares de víctimas de delitos de lesa humanidad como los falsos positivos, no tendrían un tiempo limite para denunciar estos casos cuando su perpetrador haya sido el Estado, sin embargo, una decisión del Consejo de Estado que data de enero de este año, habría pasado por alto el concepto de estos tribunales y las habría fijado en un plazo máximo de 2 años desde que se conoció el hecho. 

Dicho falló se dio a la hora de estudiar el caso de Clodomiro Coba León y sus amigos Beyer Ignacio Pérez Hernández y Yolman Pidiachi Barbosa quienes estaban en Nunchía el 5 de abril de 2007 y al día siguiente aparecieron muertos como supuestos integrantes del frente 28 de las Farc. La familia demandó el 23 de mayo de 2014. Un juzgado administrativo consideró el hecho de lesa humanidad y accedió a la demanda de reparación, pero el Consejo de Estado echó para atrás esa decisión asegurando que la familia sabia de la participación del Ejército desde el 7 de abril de 2007 y por eso ya había pasado el plazo para demandar. 

Rafael Gaitán, abogado del caso habló con el noticiero del medio día Cómo Va Casanare de Caracol Tropicana 106.3 F.M. y dijo que “Este caso en particular ocurrió en el 2007. Lo que debería aplicarse en rigor es que la familia debió demandar en 2009. La familia no acudió en el 2009. Nosotros lo conocimos con posterioridad. Hicimos un ejercicio para que pudieran habilitar la posibilidad de que conocieran el caso (…) y cuando empezaron a darse estos pronunciamientos habilitantes desde el 2011 en adelante, empezó la jurisdicción en consecuencia a acceder a las peticiones. Solo en Casanare, el Tribunal administrativo tiene mas de 50 sentencias condenatorias en contra del Estado por falsos positivos y muchas fueron después de los 2 años ocurridos los hechos” 

Frente al cambio de las reglas de juego hechas por el mismo Consejo de Estado Gaitán dice que “El argumento que ellos dan no es satisfactorio de las reglas mismas. En 2016 la corte constitucional saca la sentencia de la tutela 352 de 2016 con la cual se revierte una decisión del tribunal administrativo de Casanare donde decide caducar un caso en 2014. El Consejo de Estado en lugar de hacer una unificación en las reglas habilitantes con las 17 sentencias que ya existían, crea unas nuevas. En 2018 la CIDH ya se había pronunciado de manera similar” 

De acuerdo a lo anterior, se entendía que para enero de 2020 las víctimas de falsos positivos no se sometían a la regla de los dos años de caducidad, pero según Gaitán “fueron en contra de los precedentes sin siquiera mencionarlos” 

Así pues, crece la preocupación entorno a los familiares de victimas de falsos positivos, entorno a los motivos reales de este cambio de postura, ya que se estaría tomando partido por el Estado en contra de las víctimas, por lo que la tutela buscaría que se respeten estos antecedentes y se tomen decisiones de fondo.

Publicado en CN

 

  

  

    

 

      

 

 

 

 

Noticia en vídeo